La ANMAT prohibió un suplemento dietario, uno físico y una serie de productos médicos
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este lunes un suplemento físico, un suplemento dietario y una serie de productos médicos a través de cuatro disposiciones publicadas en el Boletín Oficial.
En la disposición 165/2020 se fija la prohibición en el uso, la comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto médico Ecografo Turbo, Sonosite, Serie WK2QHZ y los accesorios Fuente, Sonosite, Serie 37417; Transductor C60X, Sonosite, Serie 03Z3JJ; Transductor P10X, Sonosite, serie 03ZPX8; Transductor P21X, Sonosite, Serie 0400KP por el robo sufrido y denunciado por la firma TECNOIMAGEN S.A.
Por su parte, la disposición 167/2020 establece la prohibición de la comercialización en todo el territorio nacional del alimento rotulado: Mass Gainer - Extra Mass Gainer con Óxido Nítrico y Glutamina - New Technology Supplement Up Cross, RNE N° 02- 035089, RNPA N° 90- 4589/2019, por estar falsamente rotulado, por carecer de registro de establecimiento importador y de producto, resultando ser en consecuencia ilegal.
En tanto la disposición 168/2020 marca la prohibición del uso y la comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como Suplemento dietario a base de vitaminas y minerales Lauria Arnicaps, RNPA Expte. N° 4117-106260/18 elaborado para Laboratorio Merlino S.C - RNE N° 02-035075, por contener en su composición una hierba no autorizada para utilizarse en suplementos dietarios, estar falsamente rotulado y ser en consecuencia ilegal.
Finalmente la disposición 172/2020 señala la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, hasta tanto se encuentre inscripto en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de esta Administración Nacional, de todos los lotes y medidas del producto médico rotulado como: INTRAUTERINE INSEMINATION DEVICE - ISPERM -SHIVANI SCIENTIFIC INDUSTRIES PVT. LTD - INDIA - REF fx 7051 por no estar el producto inscripto en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de esta Administración Nacional, de todos los lotes y medidas del producto médico rotulado e informar de la situación descripta a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud de la Nación.