REFORMA FISCAL

ARCA flexibilizará el IVA en el consumo masivo: qué cambia y desde cuándo

La medida simplificará la operatoria impositiva en locales de consumo masivo y marca un nuevo paso en la estrategia oficial de modernización tributaria. Entrará en vigencia el 1 de julio.

En una nueva acción orientada a la simplificación fiscal, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una modificación en el régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA). La actualización, establecida mediante la Resolución General 5710/2025 y publicada este martes en el Boletín Oficial, dispone que las compras menores a $10 millones en supermercados serán consideradas automáticamente como realizadas por consumidores finales y, por lo tanto, quedarán exceptuadas del régimen de percepción.

La norma, que entrará en vigencia el 1 de julio, se enmarca en las “razones de buena administración tributaria” y responde a la política de “continuidad de las acciones de simplificación” que impulsa el organismo. La nueva disposición aplica a todos aquellos sujetos que no acrediten su condición tributaria, ya sea como responsables inscriptos, exentos, no alcanzados, o pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado (RS).

 

La actualización normativa introduce una presunción automática de consumidor final cuando el monto total de la operación no supere los $10.000.000, siempre que el vendedor, locador o prestador haya declarado como actividad económica alguno de los siguientes códigos:

  • Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos
  • Venta al por menor en hipermercados
  • Venta al por menor en supermercados
  • Venta al por menor en minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y comercios similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta)

De esta manera, las operaciones realizadas en comercios de consumo masivo de alimentos quedarán exceptuadas del régimen de percepción del IVA, permitiendo una reducción operativa para los puntos de venta, que solo deberán aplicar el régimen cuando el monto de compra supere los $10 millones o cuando el cliente no haya acreditado su condición tributaria.

La medida también acompaña el reciente cambio en el régimen de emisión de comprobantes, que elevó a $10 millones el umbral obligatorio para que los comercios identifiquen a los consumidores finales.

En conjunto, las modificaciones refuerzan la línea trazada por el Gobierno nacional para estimular la circulación de dólares no declarados, estrategia anunciada en mayo como parte del plan de formalización económica. Con esta normativa, ARCA reafirma su objetivo de avanzar hacia una estructura impositiva más eficiente y dinámica, adaptada a las necesidades de la economía real.