TRIBUTOS

Especialistas explicaron qué hacer frente a problemas en los planes de pago de ARCA

Los especialistas advierten en qué casos el fisco nacional puede rechazar la adhesión a un plan de facilidades de pago y qué opciones tiene el contribuyente en caso de caducidad.

En un escenario de altas tasas de interés, muchos contribuyentes optan por financiar sus deudas a través de los planes de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Sin embargo, los tributaristas remarcan que no todas las solicitudes prosperan y que existen situaciones específicas en las que el organismo puede rechazar la adhesión.

Según explicaron los especialistas, el rechazo ocurre cuando no se cumplen las condiciones fijadas en la Resolución General correspondiente. Por ejemplo, si una declaración jurada exigida no está presentada, la adhesión será dada de baja, incluso si el sistema permite inicialmente la operación. En esos casos, el contribuyente podrá intentar otro plan o cancelar la deuda al contado.

 

El contador Marcos Felice señaló que estas situaciones no son frecuentes, aunque posibles. En tanto, el tributarista Francisco Pugliese advirtió que el rechazo implica que el contribuyente no podrá presentar una nueva solicitud por ese período, aunque sí podrá adherirse a otro de los planes vigentes, con condiciones distintas.

Cuando un plan caduca por incumplimiento de pago, la Resolución General 5684 establece que el contribuyente tampoco puede volver a ingresar al mismo esquema, aunque sí regularizar su deuda en otro plan habilitado.

Actualmente, están disponibles dos programas clave. Por un lado, el de la Resolución General 5711, vigente hasta el 31 de diciembre de 2025, que permite financiar deudas vencidas hasta el 30 de abril de 2025 con condiciones favorables: tasas reducidas al 50% de los intereses resarcitorios, planes de hasta 60 cuotas y anticipos que van del 10% al 20% según el tipo de contribuyente.

Por otro lado, se encuentra el plan permanente de la Resolución General 5321/2023, que ofrece menos beneficios: financiamiento con el 100% de los intereses resarcitorios, un máximo de seis cuotas y anticipos del 17% al 28%.

 

En contraste, el plan de quebrantos brinda condiciones más competitivas, con una tasa del 1,375%, plazos de hasta 120 cuotas en casos especiales y un pago inicial de apenas el 2%.

En conclusión, los expertos recomiendan revisar en detalle los requisitos y vigencias de cada plan de pago de ARCA, ya que la elección correcta puede marcar la diferencia entre sostener la deuda o resolverla en mejores términos.