Legislatura

Despacho favorable a la adhesión a la Ley Nacional de perros guías

La normativa nacional tiene por objeto asegurar el derecho al acceso, deambulación y permanencia a lugares públicos y privados de acceso público y a los servicios de transporte público, en sus diversas modalidades, de toda persona con discapacidad acompañada por un perro guía o de asistencia.

La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, presidida por Jorge Difonso (UP-FR), dio despacho favorable a una iniciativa con media sanción del Senado, que fuera impulsada por Diego Costarelli (UCR), mediante la cual se adhiere a la Ley Nacional Nº 26.858, de conformidad a lo establecido en su Artículo 17.

La Ley nacional, establece que el ejercicio del derecho de acceso, deambulación y permanencia consiste en la constante presencia del perro guía o de asistencia acompañando a la persona con discapacidad, considerando como perro guía a aquel que tras superar un proceso de selección, finalice satisfactoriamente su adiestramiento, para el acompañamiento, conducción, auxilio y alerta de las personas con discapacidad y obtenga el certificado que así lo acredite.

Entre otros conceptos, señala además que cada perro guía o de asistencia debe ser identificado con un distintivo oficial correspondiente, y que debe estar sujeto por una correa o arnés con agarradera de metal u otro elemento de similar función, no siendo obligatorio el uso del bozal.