Jury

Destituyen a jueza de Familia por maltrato e inhabilidad psicofísica

Tras una reunión del Jury de Enjuiciamiento para resolver la situación de la jueza María Elizabeth Lizán, se tomó la decisión unánime de destituirla de su cargo por inhabilidad psicofísica para ejercer sus funciones por razones de salud.

Tras una reunión del Jury de Enjuiciamiento para resolver la situación de la jueza María Elizabeth Lizán, se tomó la decisión unánime de destituirla de su cargo por inhabilidad psicofísica para ejercer sus funciones por razones de salud. Lizán estaba acusada de maltratar al personal del 12º Juzgado de Familia de Las Heras, del que era responsable. 

La defensa de la magistrada, compuesta por los abogados Pablo Cazabán y Juan Pablo Chales, presentó un escrito ante el Jury en el que informaron que Lizán no se encuentra en condiciones de afrontar el proceso debido a su inhabilidad psicofísica. Esta declaración estuvo respaldada por certificados médicos correspondientes.

En el mismo escrito, los abogados defensores señalaron que su cliente tampoco está en condiciones de continuar ejerciendo su función como jueza de Familia. Por lo tanto, solicitaron el archivo de la causa en su contra por mal desempeño y desorden de conducta, y pidieron que se evalúe la conversión de la causal de Jury por Inhabilidad Psicofísica para ejercer sus funciones por razones de salud.

La decisión del Jury, integrado por los 7 ministros de la Suprema Corte de Justicia, 7 senadores y 7 diputados, fue unánime. Se determinó destituir a la jueza Lizán por inhabilidad psicofísica, en conformidad con lo establecido en el art. 39 inc 1, a Artículo 12, Inciso F y 14 de la Ley 4970.

COMUNICADO JURY DE ENJUICIAMIENTO

Se informa que reunido el Jury de Enjuiciamiento para resolver la situación de la jueza María Elizabeth Lizán, la defensa de la magistrada integrada por los abogados Pablo Cazabán y Juan Pablo Chales presentó un escrito en la que ponen en conocimiento del Jury que la imputada no se encuentra en condiciones de afrontar el proceso en razón de inhabilidad psicofisica. Esto acompañado de lo certificados correspondientes.

Por este mismo motivo los abogados defensores manifestaron en el mismo escrito que la jueza Lizán no se encuentra en condiciones para continuar ejerciendo su función como jueza de Familia, por lo que solicitan que se archive la causa en su contra por mal desempeño y desorden de conducta y se evalúe la conversión de la causal de Jury por Inhabilidad Psicofisica para ejercer sus funciones por razones de salud, siendo esta situación constatada por el Cuerpo Médico Forense.

De esta forma, el Jury, integrado por los 7 ministros de la Suprema Corte de Justicia, 7 senadores y 7 diputados, decidió de manera unánime: Destituirla por inhabilidad psicofisica para ejercer sus funciones por razones de salud establecidas en el art. 39 inc 1, a Artículo 12, Inciso F y 14 de la Ley 4970.