VIVIENDA

“Soluciones Habitacionales”: el IPV y los municipios unidos para financiar obras y urbanización

El Gobierno oficializó un programa que establece un marco normativo para proyectos conjuntos con los municipios. El IPV supervisará las obras de vivienda, servicios básicos y relocalización de asentamientos.

El Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) será el encargado de supervisar las obras y las intervenciones complementarias relacionadas con urbanización, relocalización de asentamientos y servicios básicos, en el marco del nuevo programa “Soluciones Habitacionales” que lanzó el Gobierno de Mendoza.

Esta iniciativa fue oficializada este jueves mediante la reglamentación del artículo 47 de la Ley de Presupuesto 2025, con el objetivo de establecer un marco normativo para la ejecución conjunta de proyectos habitacionales con los municipios.

A través del Decreto 1291, se autorizó la firma de convenios entre la Provincia y los municipios para financiar obras de vivienda, urbanización e infraestructura, las cuales serán ejecutadas por el IPV, organismo responsable de los proyectos. El decreto lleva las firmas del gobernador Alfredo Cornejo y de los ministros Natalio Mema (Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial) y Víctor Fayad (Hacienda y Finanzas).

IPV

El financiamiento forma parte del Programa de Inversión Municipal previsto en el artículo 44 de la Ley 9601, que permite destinar hasta 20.000 millones de pesos a proyectos municipales. Además, se autoriza el uso de recursos propios de las comunas como cofinanciamiento, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.

El programa también incluye obras complementarias estratégicas para el ordenamiento territorial, la relocalización de asentamientos y la mejora en servicios básicos.

Los municipios interesados deberán registrar sus proyectos en el Banco Integrado de Proyectos (BIP), dependiente de la Dirección General de Inversión Pública (DGIP), que junto con la Subsecretaría de Infraestructura y Desarrollo Territorial evaluará la viabilidad técnica, financiera y territorial antes de otorgar la “no objeción”, requisito indispensable para la firma de convenios.

Casas ipv

Cada acuerdo debe contemplar un compromiso financiero del municipio, garantizado mediante la cesión de recursos del Régimen de Participación Municipal.

En caso de incumplimiento en los plazos para firmar el convenio o ejecutar las obras, los fondos podrán reasignarse a otros proyectos.

Los convenios podrán firmarse hasta el 30 de septiembre de 2025 y las obras deberán comenzar antes del 31 de diciembre del mismo año.

El decreto también permite modificar los acuerdos mediante adendas y faculta a los ministerios involucrados para llevar adelante las acciones administrativas necesarias.

En caso de surgir controversias, las partes deberán intentar resolverlas mediante conciliación, y si no logran un acuerdo, someterán la cuestión a la Jurisdicción de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.