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Godoy Cruz pondrá en marcha un régimen especial para regularizar construcciones no declaradas

A partir de marzo de 2026, el Municipio implementará un plan aprobado por ordenanza que permitirá blanquear edificaciones clandestinas, actualizar el catastro y promover un esquema más equitativo en el pago de tasas y contribuciones.

La Municipalidad de Godoy Cruz implementará desde el 1 de marzo de 2026 un Régimen Especial de Regularización de Construcciones Clandestinas, una herramienta destinada a incorporar superficies no declaradas al Catastro Municipal y mejorar la valuación fiscal de las propiedades. La iniciativa fue aprobada por el Honorable Concejo Deliberante mediante la Ordenanza 7505/2025.

El régimen apunta a corregir irregularidades edilicias existentes y a fortalecer el pago equitativo de las tasas por Servicios a la Propiedad Raíz, además de derechos y contribuciones municipales, en el marco de una política de ordenamiento urbano y actualización permanente de registros.

Alcance del régimen y exclusiones

El programa estará dirigido a propietarios de viviendas unifamiliares, comercios e industrias que cuenten con construcciones no declaradas, hayan sido o no detectadas previamente por el Municipio.

Quedan excluidas del régimen las viviendas multifamiliares, las construcciones en tierras fiscales, aquellas ubicadas en loteos clandestinos y las obras realizadas con materiales o sistemas constructivos no reglamentarios.

 

Plazos y etapas de implementación

El plan tendrá vigencia desde el 1 de marzo hasta el 30 de noviembre de 2026 y se desarrollará en dos etapas.
La primera etapa se extenderá del 1 de marzo al 31 de mayo de 2026, mientras que la segunda etapa abarcará desde el 1 de junio hasta el 30 de noviembre de 2026.

Durante ambos períodos, los contribuyentes deberán presentar la Solicitud de Permiso de Edificación y/o Relevamiento, acompañada por un plano firmado por un profesional habilitado, en cumplimiento con el Código Urbano y de Edificación vigente.

Descuentos y beneficios económicos

Uno de los principales incentivos del régimen serán los descuentos en los derechos de construcción.
Quienes se presenten de forma espontánea durante la primera etapa accederán a una reducción del 80% del incremento previsto en el Código Tributario.

En tanto, los contribuyentes que regularicen su situación en la segunda etapa podrán obtener una reducción del 40%, siempre que el trámite esté finalizado antes del 31 de diciembre de 2026. Además, los adherentes al régimen no serán alcanzados por multas vinculadas al inicio, continuidad o finalización de obras sin autorización municipal.

Consecuencias para quienes no adhieran

Una vez vencidos los plazos establecidos, el Municipio quedará facultado para incorporar de oficio las superficies no declaradas, a partir de relevamientos, fotointerpretación e inspecciones domiciliarias.

En esos casos, los propietarios perderán los beneficios previstos por el régimen y se avanzará con la reliquidación de los tributos, aplicando recargos y multas conforme a la normativa vigente.