ARCA fijó nuevos umbrales de control: transferencias, plazos fijos y billeteras alcanzadas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene vigente en diciembre el esquema de valores desde los cuales bancos, billeteras virtuales y sociedades de bolsa deben informar movimientos financieros. Se trata de montos ajustados por inflación y revisados de manera semestral, que permiten concentrar los controles en operaciones de mayor volumen.
El régimen no incorpora nuevos impuestos ni bloqueos automáticos, pero sí obliga a las entidades financieras a reportar determinadas transacciones cuando superan ciertos umbrales. Esa información puede ser utilizada posteriormente para cruces con declaraciones juradas u otros procesos de verificación fiscal.
Qué operaciones quedan alcanzadas
Los controles abarcan movimientos frecuentes del sistema bancario tradicional y de las plataformas digitales. Solo se reportan las operaciones que superan los límites establecidos, que difieren entre personas físicas y jurídicas. La actualización busca evitar reportes de montos bajos, habituales en la actividad diaria.
Transferencias, extracciones y saldos en cuentas
Transferencias y acreditaciones:
Personas físicas: desde $50.000.000
Personas jurídicas: desde $30.000.000
Extracciones de efectivo: se informan a partir de $10.000.000, para cualquier tipo de contribuyente.
Saldos al cierre del mes:
Personas físicas: desde $50.000.000
Personas jurídicas: desde $30.000.000
Plazos fijos, billeteras virtuales y sociedades de bolsa
Plazos fijos:
Personas físicas: desde $100.000.000
Personas jurídicas: desde $30.000.000
Billeteras virtuales:
Personas físicas: desde $50.000.000
Personas jurídicas: desde $30.000.000
Tenencias en sociedades de bolsa:
Personas físicas: desde $100.000.000
Personas jurídicas: desde $30.000.000
Compras y pagos
Compras como consumidor final: se reportan a partir de $10.000.000.
Pagos generales:
Personas físicas: desde $50.000.000
Personas jurídicas: desde $30.000.000
Actualización permanente
ARCA recordó que estos valores se revisan dos veces al año. Además, superar alguno de los montos no genera sanciones automáticas: únicamente implica que la operación será incorporada a los sistemas de información fiscal para posteriores controles.