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Calendario 2026: todos los feriados y fines de semana largos confirmados

El calendario oficial ya fue publicado y permite organizar viajes, escapadas y descansos prolongados combinando feriados inamovibles, trasladables y turísticos.

El Gobierno nacional publicó el calendario oficial de feriados para 2026, que incluye feriados inamovibles, trasladables y con fines turísticos. La información permite a trabajadores, estudiantes y al sector turístico planificar viajes, escapadas y descansos prolongados a lo largo del año.

Feriados inamovibles

Estas fechas se mantienen fijas y no se trasladan:

1° de enero (jueves): Año Nuevo

16 y 17 de febrero (lunes y martes): Carnaval

24 de marzo (martes): Día Nacional de la Memoria

2 de abril (jueves): Día del Veterano y de los Caídos en Malvinas

3 de abril (viernes): Viernes Santo

1° de mayo (viernes): Día del Trabajador

25 de mayo (lunes): Revolución de Mayo

20 de junio (sábado): Paso a la Inmortalidad de Manuel Belgrano

9 de julio (jueves): Independencia

8 de diciembre (martes): Inmaculada Concepción

25 de diciembre (viernes): Navidad

Los feriados que caen lunes o viernes permiten armar fines de semana largos sin pedir días adicionales.

Feriados

Feriados trasladables y fines de semana largos

Algunos feriados se pueden mover para generar descansos más largos y favorecer el turismo:

17 de junio: Paso a la Inmortalidad de Martín Miguel de Güemes

17 de agosto: Paso a la Inmortalidad de José de San Martín

20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional

La normativa permite trasladar feriados de martes o miércoles al lunes anterior, y los que caen jueves o viernes al lunes siguiente. Si el feriado coincide con sábado o domingo, se define su traslado según la autoridad competente.

Esto permitirá fines de semana largos destacados: Carnaval (4 días), Semana Santa, 1° de mayo, 25 de mayo, agosto y noviembre, ideales para viajes y escapadas.

Diferencia entre feriado y día no laborable

Feriado nacional: obligatorio en todo el país; el trabajo en estas fechas requiere pago adicional según la ley.

Día no laborable: la actividad queda a criterio del empleador; puede aplicarse por motivos culturales o religiosos, como festividades armenias, judías o islámicas.

Además, el calendario contempla fines de semana largos con fines turísticos, definidos por el Poder Ejecutivo, para fomentar la actividad económica y el turismo interno.