Cambios en licencias aeronáuticas: ANAC modificó requisitos y procesos de habilitación
La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) dispuso una actualización del régimen que regula las licencias y habilitaciones de pilotos, al aprobar una nueva edición de la Parte 61 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC). La medida fue oficializada mediante la Resolución 65/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.
La modificación normativa se inscribe dentro de las competencias del organismo, que depende de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y tiene a su cargo la certificación de la idoneidad del personal aeronáutico, tanto el que cumple funciones a bordo de aeronaves como aquel que se desempeña en superficie, conforme al Código Aeronáutico.
Según se detalló en los fundamentos de la resolución, los cambios responden a la necesidad de introducir mejoras técnicas, ordenar la normativa vigente y atender observaciones realizadas por actores del sector aeronáutico, además de reorganizar la numeración de las secciones que regulan las licencias de pilotos.
Con la entrada en vigencia de la nueva edición de la Parte 61, la ANAC redefinió distintos aspectos vinculados a los requisitos y procedimientos para la emisión de licencias aeronáuticas, alineándolos con los estándares internacionales en materia de seguridad operacional.
Uno de los puntos centrales de la actualización es la modificación del plazo para cumplir con el repaso de vuelo obligatorio. La normativa establece que la exigencia que anteriormente figuraba en la Sección 61.57 —actualmente identificada como Sección 61.135— deberá cumplirse antes del 31 de diciembre de 2027, lo que amplía el período de adecuación para los pilotos alcanzados por la medida.
Disposiciones transitorias para pilotos en formación
La resolución también contempla una situación especial para quienes ya se encontraban cursando instancias formativas al momento de la modificación normativa.
En ese marco, se determinó que los pilotos que hayan aprobado los exámenes correspondientes a la Licencia de Piloto Comercial de Primera Clase - Avión podrán acreditar el requisito teórico exigido para la Licencia de Transporte de Línea Aérea (TLA) mediante la presentación del certificado del curso realizado en un Centro de Instrucción de Aeronáutica Civil (CIAC) debidamente certificado, una vez completadas las horas de vuelo requeridas.
Desde la ANAC señalaron que estas disposiciones buscan ordenar los procesos de formación, evitar perjuicios a quienes ya estaban en etapa de capacitación y asegurar la continuidad de las trayectorias profesionales dentro del sistema aeronáutico.
El organismo remarcó que la actualización de la normativa tiene como objetivo fortalecer la profesionalización de la actividad aérea y sostener los más altos niveles de seguridad operacional, en concordancia con las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).