Entradas, pasajes y compras por internet: qué deberán habilitar ahora las plataformas digitales
Con la publicación de la Disposición 954/2025 en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía dispuso cambios en el régimen de contratación digital que impactarán en todas las plataformas de ventas y servicios online.
Botón de arrepentimiento y baja de servicios
La nueva normativa, emitida por la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, obliga a todos los proveedores a habilitar en sus páginas un Botón de Arrepentimiento y un Botón de Baja de Servicios, accesibles desde el primer ingreso a los sitios web.
El primero permitirá revocar la aceptación de un producto o servicio dentro de los diez días corridos de la operación. El segundo facilitará rescindir contratos sin necesidad de registrarse ni cumplir con trámites adicionales.
Las empresas deberán responder en un máximo de 24 horas, informando al consumidor un código de identificación de la gestión realizada y efectivizando la baja o cancelación.
Alcance y excepciones de la medida
La disposición también regula modalidades específicas para entradas a espectáculos, eventos deportivos y servicios turísticos, que deberán cancelarse con al menos 24 horas de anticipación. Quedan exceptuados los productos perecederos, los consumidos, y aquellos adquiridos con fines de reventa o producción.
Además, la norma fija que los proveedores deben garantizar atención al cliente por al menos ocho horas diarias en días hábiles, tanto en canales telefónicos como digitales.
Las empresas disponen de 60 días corridos para adecuar sus plataformas. El incumplimiento será sancionado bajo la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
Según la resolución, la medida busca reforzar la protección de los consumidores, simplificar los trámites de cancelación y garantizar la transparencia en las relaciones de consumo digitales.