OBRA SOCIAL

Jubilados: qué debés saber si querés prepaga u obra social en lugar de PAMI

La afiliación al PAMI no es obligatoria y la ley habilita a los jubilados a mantener o elegir otra cobertura médica.

Aunque suele creerse que el PAMI es obligatorio, la legislación argentina establece que su afiliación es voluntaria y opcional. Al momento de acceder a la jubilación, el pase al PAMI se inicia de forma automática, pero el beneficiario puede manifestar su decisión de continuar en una obra social o prepaga antes de que el trámite finalice.

Uno de los puntos clave es el destino de los aportes de salud. Si el jubilado se afilia al PAMI, pierde la obra social previa y luego debe esperar para solicitar un cambio. En cambio, si evita el alta en PAMI, los aportes pueden redirigirse a la obra social original, tanto en el caso de ex trabajadores en relación de dependencia como de monotributistas.

El ingreso a una obra social o prepaga en la tercera edad suele presentar dificultades, ya que muchas entidades aplican tarifas más altas o imponen trabas administrativas. Sin embargo, por ley, no pueden rechazar la afiliación por edad, aunque sí establecer valores diferenciales según la franja etaria.

jubilados

Entre las prepagas que aceptan jubilados en Argentina se destacan Osde, SanCor Salud, Swiss Medical, Galeno, Alta Salud y Sipssa, con planes específicos para adultos mayores. Las coberturas varían según el costo, desde atención ambulatoria hasta internaciones, estudios, medicamentos y programas de prevención.

La normativa vigente también fija límites a los aumentos por edad. La cuota más alta no puede superar tres veces el valor de la más baja, y los afiliados mayores de 65 años con más de 10 años de antigüedad no deberían recibir incrementos por edad. Además, las empresas deben notificar los aumentos con 30 días de anticipación, respetando los topes establecidos por la Superintendencia de Servicios de Salud.