CAMBIOS

Las Pensiones No Contributivas por discapacidad vuelven a ser compatibles con el empleo formal

La reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad restableció la posibilidad de trabajar en relación de dependencia sin perder la pensión, siempre que se respeten determinados límites de ingresos.

Con la entrada en vigencia de la Ley 27.793, reglamentada mediante el Decreto 84/2026, las Pensiones No Contributivas por discapacidad recuperaron la compatibilidad con el empleo registrado.

A partir de esta normativa, quienes perciben este beneficio pueden insertarse en el mercado laboral formal sin perder el cobro mensual otorgado por la Anses, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

Cabe mencionar que en 2023, el Decreto 566/2023 había habilitado por primera vez la compatibilidad entre las PNC y el empleo formal bajo un esquema que contemplaba un límite de ingresos para los titulares. Sin embargo, en 2024, el presidente Javier Milei firmó el Decreto 843/2024 que dejó sin efecto esa posibilidad y restableció las condiciones previas para acceder al beneficio, decisión que generó cuestionamientos de organizaciones sociales y beneficiarios.

La nueva reglamentación vuelve a modificar el escenario al permitir nuevamente la inserción laboral sin la pérdida automática de la pensión.

Condiciones para mantener la pensión

Según lo establecido por la normativa vigente, las personas que accedan a un empleo formal podrán conservar la pensión siempre que sus ingresos mensuales no superen dos salarios mínimos, vitales y móviles, lo que equivale a $693.600 en febrero de 2026. De esta manera se busca incentivar la inclusión laboral sin afectar la protección social de los beneficiarios.

Especialistas recomiendan aguardar la finalización del proceso de conversión de las actuales prestaciones hacia la nueva pensión no contributiva por discapacidad para la protección social antes de iniciar una relación laboral formal.

La compatibilidad laboral alcanza únicamente a las pensiones no contributivas por discapacidad para la protección social. En cambio, la normativa aclara que esta posibilidad no se extiende a las titulares de pensiones no contributivas destinadas a madres de siete hijos, quienes continúan bajo el régimen anterior.