Los nuevos valores: cuánto se pagará en Mendoza por el Inmobiliario y el Automotor en 2026
Luego de haber promulgado las leyes de Avalúo e Impositiva correspondientes al ejercicio fiscal 2026 en Mendoza, quedaron definidos los nuevos valores del Impuesto Inmobiliario, el Automotor y el tributo a los Ingresos Brutos, de acuerdo con cada actividad económica.
Según lo dispuesto, los cambios comenzarán a regir a partir del próximo período fiscal, es decir, desde el 1 de enero de 2026 inclusive, salvo en aquellos casos en los que la normativa establece expresamente una vigencia distinta.
En materia de Impuesto Inmobiliario, la Ley Impositiva 2026 determina el cálculo del tributo mediante montos fijos y alícuotas detalladas en la norma. La base imponible será el avalúo fiscal de cada inmueble, que se obtiene de la suma del valor del terreno y el valor de las mejoras. Además, se estableció que el impuesto determinado por la Administración Tributaria Mendoza (ATM) en ningún caso podrá ser inferior a $43.645.
Las normas prevén también un Régimen de Autodeclaración del valor de plaza para determinados inmuebles, como refinerías, bancos, supermercados, grandes salones comerciales y cementerios privados, con el objetivo de lograr una valuación más acorde a la realidad del mercado.
Otro de los puntos destacados es la incorporación de un adicional por baldío, que se aplicará sobre inmuebles ubicados en zonas urbanas. Este recargo será del 600% sobre el impuesto liquidado en zonas densificadas o a densificar, y del 300% en otros casos. En ningún escenario, el adicional podrá ser inferior a dos veces el Impuesto Inmobiliario mínimo establecido.
La Ley de Avalúo 2026 introduce además modificaciones en la clasificación de parcelas, como el pasaje de zonas suburbanas a urbanas, de rurales a de interfaz y de secanos a rurales o de interfaz. Estos cambios impactarán especialmente en campos considerados premium, como los del Valle de Uco, donde se prevé un incremento del impuesto. Asimismo, se mantiene la metodología de valuación masiva implementada en 2024 por el Observatorio del Mercado Inmobiliario de la Dirección de Catastro y se actualizaron los tramos de avalúos para preservar las alícuotas efectivas vigentes.
En vehículos modelo 2000 en adelante
En cuanto al Impuesto Automotor, la normativa fija valores, categorías y alícuotas para vehículos modelo 2000 a 2026. Para el ejercicio 2026, las categorías fueron actualizadas en función de la inflación proyectada.
La nueva ley incorpora también un pago único liberatorio para motos con avalúo de hasta $10 millones y para automóviles, rurales, camiones, camionetas, pick ups, jeeps y furgones de hasta 4.000 kilos, modelo 2005 o anterior. Los contribuyentes que adhieran a este régimen quedarán eximidos del pago del Impuesto Automotor en los ejercicios fiscales siguientes.
Además, se mantienen beneficios para los contribuyentes cumplidores. Habrá un 10% de descuento para quienes tengan el impuesto cancelado al 31 de diciembre de 2025; un 10% adicional para quienes lo hubieran abonado al 31 de diciembre de 2024; un 5% de descuento para quienes paguen el total anual en término; y un 10% adicional para los contribuyentes que no registren deuda vencida al 31 de diciembre de 2025.
Con la promulgación de ambas leyes, la Provincia dejó definido el esquema tributario que regirá durante 2026, con cambios orientados —según explicó el Gobierno— a reflejar de manera más precisa la realidad territorial y de mercado, y a continuar un camino de reducción de impuestos con foco en los sectores productivos primarios e intermedios.