ATENCIÓN MENDOZA

Nuevos cambios en la licencia de conducir: más controles médicos para adquirir o renovar

Se anunciaron en total 35 enfermedades incompatibles con la conducción y que será necesario un aval médico para que las personas que las padezcan puedan realizar los trámites correspondientes.

La Dirección General de Tráfico de la Nación (DGT) anunció una serie de cambios significativos que entrarán en vigor el próximo año en todo el país, los cuales incluirán al menos 35 enfermedades que requerirán de un aval médico para que las personas que las padezcan puedan renovar y obtener una licencia de conducir.

A partir de 2025, la DGT implementará nuevas medidas que complicarán más de alguna manera el proceso para obtener el permiso de conducción en Argentina. Dichas medidas se efectuarán con el fin de garantizar una mayor seguridad vial y reducir el número de accidentes de tránsito.

seguridad vial argentina

Se implementarán nuevos controles médicos más estrictos para renovar o adquirir la licencia de conducir, enfocados en detectar condiciones que puedan comprometer la seguridad al volante, como epilepsia, depresión o Alzheimer. No obstante, cada caso será evaluado de forma individual, permitiendo la renovación si un especialista confirma que la condición no representa un riesgo para la conducción de la persona.

La lista de enfermedades que, en principio, serán incompatibles con la conducción incluye:

  • Enfermedades digestivas: como la colitis ulcerosa, la enfermedad de Crohn y la celiaquía.
  • Enfermedades endocrinas: como el hipotiroidismo, trastornos de la paratiroides y la diabetes.
  • Enfermedades respiratorias: incluyendo el asma y la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC).
  • Enfermedades mentales: como el trastorno bipolar, la ansiedad y la depresión.
  • Enfermedades cardiovasculares: tales como la angina de pecho y las arritmias.
  • Enfermedades neurológicas y degenerativas: como la esclerosis múltiple, el Alzheimer y el Parkinson.
  • Otras enfermedades: como el cáncer, la epilepsia y problemas de visión.

Es fundamental destacar que habrá excepciones según lo que determinen los médicos. Algunas de estas enfermedades tienen tiempos mínimos establecidos para que el paciente pueda volver a conducir, como después de una intervención quirúrgica o tras un período sin episodios de la enfermedad.

Además de las mencionadas, la lista de enfermedades incompatibles con la conducción también incluye:

  • Accidente isquémico transitorio
  • Alzheimer
  • Aneurisma de grandes vasos
  • Apnea del sueño
  • Arritmias
  • Crisis o pérdida de conciencia
  • Demencia o trastorno de ansiedad
  • Desfibrilador automático
  • Diabetes mellitus insulinodependiente
  • Disección
  • Dolencias oncológicas
  • Enfermedades cardíacas
  • Enfermedades degenerativas, neurológicas y crónicas
  • Enfermedades oncológicas
  • Esclerosis lateral amiotrófica
  • Infarto agudo de miocardio
  • Marcapasos
  • Nefropatía con diálisis
  • Prótesis valvulares
  • Trasplante renal
  • Trastorno de la personalidad
  • Trastorno del desarrollo intelectual
  • Trastorno obsesivo-compulsivo
  • Trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH)
  • Trastornos del sueño
  • Trastornos oncohemáticos