ACTUALIZACIÓN IMPOSITIVA

Suben los topes del monotributo y el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias

Tras la publicación de la inflación semestral, se actualizarán los límites para el pago del monotributo y las escalas del impuesto a las Ganancias, con incrementos que impactarán desde agosto.

El tope anual de facturación para monotributistas en Argentina aumentará de $82 millones a $95 millones, según confirmó el subsecretario de Prensa, Javier Lanari. Este nuevo límite equivale a aproximadamente US$74.500 anuales, un salto significativo si se compara con diciembre de 2023, cuando el tope era de apenas US$6.300, es decir, 12 veces menos.

La actualización se realizará tras la publicación del índice de inflación correspondiente a la primera mitad del año por parte del INDEC, y abarcará también el mínimo no imponible, las escalas y deducciones del impuesto a las Ganancias.

Cambios en las categorías del monotributo

La categoría más baja (A) pasará de un límite anual de $7,8 millones a $9 millones, mientras que la categoría máxima se elevará a $95 millones.

En paralelo, las cuotas mensuales sufrirán un incremento cercano al 15,3% y 15,6%. Por ejemplo, la cuota de la categoría que actualmente paga $32.221 ascenderá a poco más de $37.000, mientras que la categoría B pasará de $36.679 a más de $42.000. Estos nuevos valores estarán vigentes desde agosto hasta enero de 2026.

Una vez que ARCA publique las tablas actualizadas, los monotributistas podrán realizar la recategorización correspondiente.

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Ajustes en el impuesto a las Ganancias

El mínimo no imponible para Ganancias también se actualizará: para sueldos brutos de solteros sin hijos, pasará de $2,3 millones a $2,6 millones mensuales; para casados con dos hijos, de $3 millones a casi $3,5 millones.

Asimismo, se elevarán los límites máximos deducibles para ciertos gastos, como salarios de servicio doméstico, gastos educativos y alquileres.

Los ingresos que superen el mínimo no imponible quedarán alcanzados por alícuotas progresivas que van del 5% al 35%, aplicadas sobre la ganancia neta.

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Recategorización semestral: qué hay que saber

Los monotributistas tendrán tiempo hasta el 5 de agosto para recategorizarse, aunque quienes mantengan la misma categoría o tengan menos de seis meses de actividad no deberán realizar ninguna gestión.

Cada seis meses se evalúan los últimos 12 meses de actividad. Cambios en ingresos, alquiler, superficie del local o consumo eléctrico obligan a ingresar con clave fiscal para actualizar la categoría. En caso de no hacerlo, se entenderá que no hubo modificaciones.

ARCA podrá recategorizar de oficio si detecta gastos o movimientos incompatibles con la categoría declarada.

En los próximos días se habilitará la plataforma para realizar la recategorización, tras la publicación oficial de los nuevos valores del IPC. El plazo para completar el trámite vence el 5 de agosto.