VIOLENCIA ESCOLAR

Una alumna sufrió acoso durante meses y el Estado mendocino deberá indemnizarla

La Justicia de Mendoza ordenó a la Dirección General de Escuelas indemnizar con más de 3,7 millones de pesos a la familia de una menor que sufrió acoso sistemático dentro de una escuela pública de Capital.

La Dirección General de Escuelas (DGE) fue declarada responsable y deberá pagar una indemnización de 3.717.781 pesos más intereses a los padres de una niña que, con solo 11 años, atravesó una situación crítica de acoso escolar en una institución pública de Capital

El caso fue tramitado ante el Segundo Tribunal de Gestión Asociada de Mendoza, donde la jueza Jorgelina Iérmoli Blanco resolvió a favor de la demanda por daño moral y gastos médicos.

Hostigamiento persistente

El fallo detalla un patrón de hostigamiento persistente que se extendió por al menos ocho meses. La víctima era acosada por un compañero de quinto grado, quien la insultaba, golpeaba y empujaba en forma sistemática. Las agresiones también involucraban a su hermana mayor y a su padre, que pertenecían al mismo núcleo familiar.

Pese a los reiterados pedidos de ayuda realizados por los padres y profesionales de la salud, la escuela no aplicó medidas eficaces. La única respuesta institucional fueron actas y llamados a la reflexión, sin activar los protocolos de intervención correspondientes.

Una crisis con consecuencias irreversibles

En mayo de 2022, la situación llegó a un punto crítico: la menor sufrió una crisis de angustia dentro del establecimiento. Terminó llorando en el piso, con una lesión en una mano tras golpearse en un ataque de desesperación. Fue trasladada al Hospital Notti, donde quedó internada durante cuatro días.

A raíz del episodio, se recomendó separar de turnos a los alumnos involucrados. Pero la medida solo se aplicó a la víctima y sus hermanos, mientras que los agresores permanecieron en el mismo turno. Esto profundizó el aislamiento social de la niña, que perdió el contacto con sus compañeros habituales.

 

Secuelas en la salud mental

La pericia psicológica presentada durante el juicio fue categórica: la niña padece un trastorno de adaptación con ansiedad y un estado de ánimo deprimido crónico, con un 18% de incapacidad psíquica. También se comprobó un impacto severo en su autoestima y en su conducta general.

No se aplicó el protocolo de bullying

Para la magistrada, la escuela falló en su deber de protección y no actuó con la celeridad esperada. Reprochó que el establecimiento no haya aplicado el protocolo de bullying, ni brindado contención psicológica institucional a la familia afectada. “Se limitaron a registrar hechos sin generar acciones eficaces”, señaló en su sentencia.

Además, la jueza recordó que la responsabilidad del Estado es objetiva: no se necesita probar intención o negligencia, basta con demostrar que el daño ocurrió bajo su control. Rechazó así el argumento de la DGE, que intentó desligarse alegando que se trataba de un conflicto con un “tercero”.

Una sentencia con perspectiva de derechos

La resolución se basó en el principio del interés superior del niño, amparado por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y la Ley de Protección Integral. La Justicia entendió que hubo una violación a la integridad física y emocional de la menor dentro del ámbito escolar, lo cual configura una falla estatal en el cumplimiento de su rol.

El fallo marca un antecedente clave en el tratamiento de situaciones de violencia escolar y refuerza el deber de las instituciones educativas de prevenir, contener y actuar ante este tipo de hechos. En este caso, la omisión tuvo consecuencias graves y duraderas que ahora deberán ser reparadas por el Estado.