Rechazaron un recurso "Amicus Curiae" en la causa por el crimen de Diego Fernández Lima
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 56 desestimó un recurso de Amicus Curiae presentado por la querella en el expediente que investiga el crimen de Diego Fernández Lima, al considerar que no se acreditó la representación invocada y que la figura no está contemplada para este tipo de procesos.
El planteo fue presentado por la presidenta de la asociación civil Usina de Justicia Argentina, Diana Cohen De Agrest, con el patrocinio letrado del abogado Germán Vergara.
En su resolución, el juez Alberto Litvack sostuvo que no se acreditó el carácter que reviste para actuar en nombre y representación de la organización, lo que ya devendría en el rechazo inicial de su pedido. En ese sentido, fue contundente al señalar que no hay razones para acceder a lo solicitado.
El magistrado explicó además que el Amicus Curiae —instituto proveniente del latín que significa amigo del tribunal— fue regulado exclusivamente por la Acordada Nº 7/13 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y solo resulta aplicable a causas que tramitan ante el máximo tribunal.
Se trata de una herramienta que permite a asociaciones civiles o terceros ajenos a una investigación aportar, de manera voluntaria, argumentos técnicos o jurídicos para colaborar con los jueces en casos de trascendencia pública. Sin embargo, el fallo remarca que el instituto no se encuentra previsto en el Código Procesal Penal.
En ese marco, el juez precisó que el artículo 82 bis del código alude a la representación de intereses colectivos únicamente en investigaciones sobre crímenes de lesa humanidad, lo cual no es el supuesto de autos, según subraya el documento judicial.
Asimismo, Litvack indicó que la presentación también solicitaba que se declare la inconstitucionalidad del artículo 62 del Código Penal, se rechace el archivo de la causa y se impulse el esclarecimiento de la muerte de Diego Fernández Lima, extremos que fueron desestimados junto con el planteo principal.
El estado de la causa
La investigación judicial se encuentra actualmente reabierta luego de que se declarara la nulidad del sobreseimiento de Cristian Graf, quien está acusado por los delitos de supresión de evidencia y encubrimiento.
En ese sentido, la Sala IV de la Cámara Federal sostuvo que solo a partir de esa decisión podría iniciarse una investigación para esclarecer lo realmente ocurrido, asignando responsabilidades en los términos del artículo 45 del Código Penal a quienes hayan intervenido directa o indirectamente en el hecho que derivó en la muerte de Fernández Lima.
Los camaristas también destacaron la evidente necesidad de una investigación orientada a conocer la verdad de los hechos, proteger los derechos de las víctimas y avanzar en la determinación de la calificación legal, que —aunque mutable— tiene impacto en diversos institutos procesales.
La desaparición y el hallazgo
Diego Fernández Lima tenía 16 años cuando fue visto por última vez el 26 de julio de 1984 en la Ciudad de Buenos Aires. Ese día había regresado del colegio, almorzado con su madre y pedido dinero para viajar en colectivo.
Más de 41 años después, sus huesos y pertenencias personales fueron hallados enterrados en el patio de un chalet que había sido alquilado por el músico Gustavo Cerati —fallecido el 4 de septiembre de 2014— entre los años 2001 y 2003, un descubrimiento que reactivó una causa marcada por décadas de interrogantes.