ACTUALIZACIÓN

Monotributo: cuáles son las nuevas categorías y cuánto habrá que pagar desde agosto

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero ajustó los topes de facturación y las cuotas mensuales del monotributo en función de la inflación del primer semestre. Los nuevos valores comenzarán a regir desde el 1 de agosto y también impactarán en la recategorización de los contribuyentes.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la actualización semestral del monotributo, que entrará en vigencia el próximo 1 de agosto. La medida contempla un incremento del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales de todas las categorías, en línea con la inflación acumulada durante el primer semestre, según los datos del INDEC.

Con esta actualización, los monotributistas podrán facturar montos más altos sin cambiar de régimen, aunque también deberán afrontar un aumento en el valor de las cuotas mensuales, que incluyen el impuesto integrado, los aportes jubilatorios y la obra social.

Nuevos topes de facturación

Entre los cambios más relevantes, la Categoría A eleva su límite anual de ingresos de $10.277.988,13 a $12.009.410,45.

En tanto, la Categoría K, la más alta del régimen, incrementa su tope de facturación desde $108.357.084 hasta $126.610.838,75 anuales.

La actualización alcanza a todas las escalas intermedias, que también fueron ajustadas de acuerdo con el índice de inflación.

 

Cuánto se pagará de monotributo desde agosto

Las nuevas cuotas mensuales quedaron establecidas de la siguiente manera:

CategoríaServiciosVenta de bienes
A$49.527,18$49.527,18
B$56.379,08$56.379,08
C$66.020,12$64.530,58
D$84.612,93$82.564,81
E$119.811,45$108.267,51
F$150.784,21$129.930,65
G$230.312,94$158.815,05
H$522.706,68$317.895,01
I$963.747,86$474.992,78
J$1.167.299,76$580.793,69
K$1.614.446,04$702.103,24

Los importes incluyen el impuesto integrado, los aportes previsionales y la obra social.

Cómo hacer la recategorización

ARCA recordó que quienes hayan registrado cambios en su nivel de facturación, alquileres, superficie afectada a la actividad o consumo de energía deberán realizar la recategorización del monotributo.

El trámite puede efectuarse de manera online siguiendo estos pasos:

  • Ingresar al portal de ARCA con CUIT y clave fiscal.
  • Acceder al servicio Monotributo.
  • Seleccionar la opción "Recategorizarme".
  • Verificar la información disponible y continuar con el trámite.
  • Actualizar los datos solicitados.
  • Confirmar la recategorización y descargar el formulario F.184 junto con la nueva credencial de pago.

El organismo destacó que la modalidad de recategorización simplificada muestra automáticamente la facturación anual registrada, lo que agiliza el procedimiento para los contribuyentes.

Qué ocurre si no se realiza el trámite

ARCA advirtió que podrá efectuar una recategorización de oficio cuando detecte diferencias entre la categoría declarada y la información fiscal disponible, como consumos, compras, gastos o acreditaciones bancarias incompatibles con los ingresos informados.

En esos casos, la decisión será notificada a través del domicilio fiscal electrónico. Si el contribuyente considera que la medida es incorrecta, podrá presentar un reclamo mediante el servicio Presentaciones Digitales, dentro de los plazos establecidos por el organismo.