COMERCIOS

ARCA actualizó los montos para identificar a los consumidores finales: los detalles

Desde 2025, los comercios deberán registrar los datos de los compradores en operaciones superiores a ciertos montos, dependiendo del medio de pago utilizado. Conocé los detalles y excepciones de la nueva normativa.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha actualizado los montos que determinan cuándo los comercios deben registrar los datos de los consumidores finales en los comprobantes de sus operaciones. A partir de 2025, los montos de las transacciones que requieren este detalle se han ajustado, y los comercios deberán seguir nuevas normativas para cumplir con la obligación.

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Montos actualizados según el tipo de pago

A partir de esta actualización, la ARCA establece dos topes según el método de pago utilizado para la transacción. Los montos a partir de los cuales es necesario informar los datos del consumidor final son los siguientes:

  • $417.288: cuando el pago se efectúe mediante medios electrónicos autorizados.
  • $208.644 o más: cuando se realice por otros métodos de pago.

En ambos casos, los comprobantes de las operaciones deben incluir el nombre, apellido, domicilio y número de identificación del consumidor final, que puede ser su CUIT, CUIL, CDI, documento de identidad, pasaporte o cédula de identidad.

Excepciones y especificaciones según ARCA

Aunque la norma general establece estos montos, existen varias excepciones que deben tener en cuenta los responsables inscriptos en IVA y los monotributistas:

  • Responsables inscriptos en IVA: Para operaciones realizadas con pagos electrónicos de hasta $208.644, no será necesario identificar al consumidor final, incluso si se trata de consumidores finales.
  • Controladores fiscales: Solo se podrán emitir comprobantes clase “A” a través de controladores fiscales de nueva tecnología cuando el monto neto gravado supere los $417.288.
  • Monotributistas: Aquellos que realicen operaciones de hasta $417.288 con el Facturador deberán detallar los datos del consumidor final. Si la operación supera ese monto, no podrán utilizar la plataforma del Facturador.
 

Actualización semestral de montos

Cabe destacar que los valores establecidos por ARCA para la obligación de detallar los datos del consumidor final serán ajustados cada seis meses, en enero y julio de cada año, según el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Esta actualización busca mejorar la precisión en la identificación de los consumidores finales y fomentar la transparencia en las transacciones comerciales.