Prorrogan hasta fin de 2026 la suspensión de juicios por deudas hipotecarias
El Gobierno de Mendoza promulgó la Ley 9693, que extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 la suspensión de los procesos judiciales vinculados a deudas hipotecarias y situaciones de arraigo rural alcanzadas por el régimen de protección vigente. La medida alcanza a causas ya iniciadas, incluso aquellas que se encuentran en etapa de ejecución de sentencia.
La norma, impulsada por el Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, modifica el artículo 1° de la Ley 9297 y prorroga por un año más el freno a los juicios, sin distinción de la instancia procesal en la que se encuentren los expedientes.
De esta manera, quedan suspendidas medidas judiciales que podrían avanzar hacia el cobro de deudas, desalojos o remates, mientras continúa vigente el esquema de protección para los sectores alcanzados.
La prórroga se inscribe en el marco del artículo 39 de la Ley 6.086, un régimen excepcional que rige desde principios de los años 2000 y que protege a deudores hipotecarios y pobladores rurales, en especial titulares de vivienda única y puesteros, afectados por la crisis económica.
A lo largo de más de dos décadas, la Provincia ha renovado de manera periódica este régimen con el objetivo de mantener la protección judicial mientras se buscan soluciones estructurales y definitivas. Con la sanción de la Ley 9693, el plazo de suspensión que vencía a fines de 2025 se extiende por un año más.
El texto aprobado no incorpora nuevos beneficiarios ni amplía los supuestos alcanzados, sino que se limita a prolongar la vigencia temporal de una política pública ya existente.
El marco normativo
La Ley 6.086, sancionada en 1993, creó el Programa de Promoción y Arraigo de Puesteros en Tierras No Irrigadas, con el objetivo de integrar a los pobladores de zonas áridas al desarrollo productivo provincial. El programa contempla la suspensión de procesos judiciales y administrativos mientras se regularizan las situaciones dominiales.
La norma define como puestero a quien ocupa y habita la tierra de manera permanente y desarrolla actividades agropecuarias en forma personal, ya sea como poseedor o tenedor. El Ministerio de Gobierno, actualmente a cargo de Natalio Mema, actúa como autoridad de aplicación.
En particular, el artículo 39 de la ley establece la suspensión —por plazos determinados y prorrogables— de los procesos judiciales y administrativos vinculados a tierras incorporadas al régimen, tanto fiscales como privadas. Esta disposición ha sido prorrogada en más de veinte oportunidades, siendo la más reciente la que extiende su vigencia hasta fines de 2026.
La Ley de Arraigo de Puesteros
Por su parte, la Ley 9297, conocida como Ley de Arraigo de Puesteros, brinda un marco de protección a las familias rurales que viven y trabajan en tierras no irrigadas. Su aplicación es especialmente relevante en departamentos como San Rafael y Malargüe, donde se concentra la mayor cantidad de casos.
Las sucesivas prórrogas mantienen suspendidos los juicios, desalojos y ejecuciones de sentencia contra los puesteros alcanzados por el régimen, mientras se debate una reforma integral orientada a garantizar seguridad jurídica y soluciones de fondo para estas comunidades.