El borrador de la Reforma Laboral que el Gobierno enviará al Congreso en las próximas horas incorpora un paquete de medidas impositivas con impacto directo en empresas, pymes y sectores productivos. Entre los cambios principales se destacan una reducción del impuesto a las Ganancias corporativas, un “mini RIGI” para medianas inversiones, exenciones para el agro y la eliminación de tributos sobre productos electrónicos.
Eliminación de impuestos internos y alivios sectoriales
El proyecto elimina la carga impositiva que alcanzaba a productos electrónicos, incluidos celulares, computadoras y otros dispositivos. La supresión de impuestos internos también abarcará a automotores, motos, aeronaves, embarcaciones, bienes suntuarios, seguros, espectáculos cinematográficos, videogramas, telefonía celular, comunicación audiovisual y alquileres.
Ganancias: baja de alícuotas y cambios para el sector financiero
Para 2026, el esquema de Ganancias para empresas se reduciría de la siguiente manera:
La alícuota del 30% pasará al 27%.
La alícuota del 35% bajará al 31,5%.
Además, el borrador plantea una exención del pago de Ganancias sobre la renta financiera, lo que incluirá operaciones con bonos, acciones, fondos comunes de inversión, obligaciones negociables y Cedear.
La única exclusión del beneficio serán las criptomonedas y activos digitales, que continuarán tributando.

Mini RIGI: un esquema de incentivos para medianas inversiones
El proyecto crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), una versión reducida del RIGI pero enfocada en micro, pequeñas y medianas empresas.
El nuevo régimen contempla proyectos productivos desde:
US$ 150.000 para microempresas
US$ 600.000 para pequeñas
US$ 3,5 millones para medianas tramo 1
US$ 9 millones para medianas tramo 2
US$ 30 millones para grandes compañías
Los beneficios incluyen amortización acelerada en Ganancias y devolución anticipada de IVA desde el tercer período fiscal, tanto para empresas nacionales como extranjeras que no tengan antecedentes penales tributarios ni deudas fiscales.
Sólo califican inversiones destinadas a la producción de bienes muebles nuevos, excluyendo automóviles. No se permitirán inversiones en activos financieros, de cartera o bienes de cambio.
El “mini RIGI” responde a un reclamo histórico de las pymes, que pedían un esquema similar al RIGI original pero adaptado a su escala.
Medidas para el agro: IVA y amortización acelerada
El capítulo impositivo incorpora beneficios específicos para la agroindustria, entre ellos:
Exención de IVA sobre la energía eléctrica utilizada en sistemas de riego.
Amortización acelerada para equipos de riego, mallas antigranizo y hacienda, una medida orientada a corregir distorsiones generadas por la ganancia por tenencia en ganadería.
