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AHORA - ATENCIÓN: PARA IR A COMPRAR también por DÍAS y terminaciones de DNI

Al igual que para las caminatas no se podrá salir todos los días. Será  lunes, miércoles y viernes para los 1,2,3,4 y 5; Martes, Jueves y Sábados los números 6,7,8, 9 y 0. Domingos de 13 a 18

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Así lo dispone el decretó Así lo asegura el decreto 563, que dispone un sistema de turnos tanto para la prestación de tareas como para la asistencia a los distintos comercios para evitar las aglomeraciones.

"Esta limitación aplica desde el día de su vigencia para TODO EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA PROVINCIA, incluso en aquellas actividades ya vigentes (compra en supermercados, hipermercados, ferreterías y toda actividad o comercio que permita la acción presencial)", indica la norma.

De esta manera, las personas cuyos documentos finalizan en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán asistir a los comercios habilitados solo los lunes, miércoles, viernes, de 8 a 18 horas. Los domingos (en el caso en que tal actividad se realice) se autoriza de 8 a 13 horas.

Las personas cuyos documentos finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán asistir a los comercios habilitados solo los martes, jueves, sábados, de 8 a 18 horas. Los domingos (en el caso en que tal actividad se realice) se autoriza de 13 a 18 horas.

"Quedan exceptuados de la presente limitación los turnos médicos, odontológicos y/o de cualquier tipo de prestación de salud debidamente fundada, como así también la compra en farmacias", afirma el decreto firmado por el gobernador Rodolfo Suarez. 

Habrá MULTAS para los que no cumplan 

El decreto advierte que será multado "cualquier incumplimiento, y especialmente la circulación y/o permanencia en la vía pública, comercio de cualquier tipo, estudio, oficina, o cualquier otro espacio de personas cuya terminación del DNI no corresponda con el día especificado en los puntos anteriores". 

Las multas son de $5.000 para la persona infractora, $10.000 para el comercio o centro de atención privado y $50.000 si se trata de un supermercado o hipermercado.

"Todo lo expuesto sin perjuicio de las sanciones que con causa en las ordenanzas municipales corresponda aplicar a cada Municipio", indica la norma. La recaudación será destinada a los sistemas de salud de la Provincia o del Municipio, según quien hubiere constatado la infracción.

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