La Cámara Nacional Electoral (CNE) ya habilitó el padrón electoral para las elecciones legislativas del domingo 26 de octubre de 2025. Desde la página oficial www.padron.gob.ar, los votantes pueden consultar su lugar de votación, mesa y número de orden, ingresando el número de DNI, género, distrito y el código de validación.
Aunque el establecimiento puede ser el mismo que en los comicios anteriores, la CNE recomienda verificar la información nuevamente, ya que puede haber cambios de sede o mesa.
Qué se vota en Mendoza
Con el sistema de Boleta Única de Papel (BUP), Mendoza elegirá:
5 diputados nacionales (boleta celeste).
24 diputados y 19 senadores provinciales (boleta verde), distribuidos en los cuatro distritos electorales:
Primera Sección: Ciudad, Guaymallén, Las Heras y Lavalle (6 senadores y 8 diputados).
Segunda Sección: San Martín, Maipú, Rivadavia, Junín, Santa Rosa y La Paz (5 senadores y 6 diputados).
Tercera Sección: Godoy Cruz, Luján de Cuyo, Tupungato, Tunuyán y San Carlos (4 senadores y 5 diputados).
Cuarta Sección: San Rafael, General Alvear y Malargüe (4 senadores y 5 diputados).
Concejales municipales en 12 de los 18 departamentos: Ciudad de Mendoza, Godoy Cruz, Las Heras, Guaymallén, Lavalle, Tupungato, Tunuyán, San Carlos, San Martín, Junín, General Alvear y Malargüe.
Los restantes (Luján de Cuyo, Maipú, Rivadavia, Santa Rosa, La Paz y San Rafael) votarán el 22 de febrero de 2026.

Cómo se vota
Cada elector recibirá dos boletas:
Boleta celeste: para diputados nacionales.
Boleta verde: para senadores, diputados provinciales y concejales.
Dentro de la cabina, se marca con lapicera una X sobre la opción elegida (lista completa o candidato individual).
Luego, las boletas se depositan en dos urnas diferenciadas por color: celeste (nacional) y verde (provincial).
Quiénes están obligados a votar
El voto es obligatorio para todas las personas entre 18 y 70 años.
Los jóvenes de 16 y 17 años y los mayores de 70 pueden votar de forma optativa.
Documentos válidos
Se puede votar con cualquiera de los siguientes documentos, siempre que sea el último ejemplar emitido:
Libreta de enrolamiento o libreta cívica.
DNI libreta verde o celeste.
DNI tarjeta (incluso si dice “no válido para votar”).
No se admite el DNI digital del celular ni documentos anteriores al que figura en el padrón.
Qué pasa si no voto
Los electores entre 18 y 70 años que no voten y no justifiquen su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral serán incorporados al Registro de Infractores.
Además, no podrán desempeñar cargos públicos durante tres años y quienes no paguen la multa tendrán restricciones para realizar trámites en organismos del Estado durante un año.
Multa por no votar
La sanción económica por no emitir el voto puede llegar hasta $500, y debe justificarse o abonarse dentro de los 60 días posteriores a la elección en el sitio infractores.padron.gob.ar.
