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Iglesia católica

Habrá indulgencia plenaria por los festejos del Año Jubilar en Mendoza

La Arquidiócesis de nuestra provincia cumple 90 años. Se espera una masiva celebración el próximo 20 de abril a las 20:00 horas, en el Estadio Arena Aconcagua ubicado en el Parque General San Martín de la ciudad de Mendoza.

monseñor colombo

La Arquidiócesis de nuestra provincia cumple 90 años y Monseñor Marcelo Colombo, arzobispo de Mendoza, declaró un AÑO JUBILAR que dio comienzo el 8 de Diciembre del año pasado. El lema elegido para ayudarnos a recordar todas las instancias de este tiempo tan especial es: “TODOS LLAMADOS, TODOS ENVIADOS, TODOS CELEBRANDO”.

En este marco el Arzobispo de Mendoza firmó un decreto qeu indica que los fieles que participen en la celebración del 90° aniversario de la creación de nuestra Iglesia particular el próximo 20 de abril a las 20:00 hs., en el Estadio Arena Aconcagua de la ciudad de Mendoza, la posibilidad de obtener indulgencia plenaria.

El decreto completo

Prot. Nº 277/24 DECRETO CONCEDIENDO INDULGENCIAS EN OCASIÓN DEL 90° ANIVERSARIO DE LA CREACIÓN DE LA DIÓCESIS DE MENDOZA 

VISTO: - La celebración de los 90 años de la creación de la Iglesia de Mendoza, conmemorando cuando el papa Pío XI, el 20 de abril de 1934, erigió la diócesis de Mendoza por la bula Nobilis Argentinæ Nationis. - La importancia de vivir este aniversario como un tiempo de gracia y de renovación del fervor, dedicándolo de modo especial a un año vocacional y misionero y celebrándolo en toda la Arquidiócesis bajo el lema “Todos llamados, todos enviados, todos celebrando”. 

CONSIDERANDO: - La competencia propia del Obispo diocesano, en relación con el gobierno de su diócesis (conf. cán. 375§1 y 381 §1 CIC) y la moderación, promoción y cuidado de toda la vida litúrgica, pudiendo dictar en consecuencia, normas obligatorias para todos en dicha materia (conf. cán. 835§ 1 y 838§ 4 CIC). 

- Las normas que rigen la obtención de indulgencias especiales por parte de quienes visitan una basílica menor, expuestas en el n. IV, 2 del Decreto Domus Ecclesiae, de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, del 9 de noviembre de 1989. 

P O R L A S P R E S E N T E S L E T R A S D I S P O N G O 

Art. 1. CONCEDO a los fieles que participen en la celebración del 90° aniversario de la creación de nuestra Iglesia particular el próximo 20 de abril a las 20:00 hs., en el Estadio Arena Aconcagua de la ciudad de Mendoza, la posibilidad de obtener indulgencia plenaria

Art. 2. COMUNÍQUESE a quienes corresponda, publíquese en el Boletín Oficial del Arzobispado, regístrese y archívese. Dadas en esta sede arzobispal de Mendoza, a diecisiete días del mes de abril del año dos mil veinticuatro.

Qué es la indulgencia plenaria

Según el Código de derecho canónico y el catecismo de la Iglesia Católica, la indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal de los pecados. Una indulgencia plenaria, es decir, completa, borra toda pena causada por los pecados cometidos y confesados hasta el momento de recibirla.

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