La Suprema Corte de Justicia de Mendoza revocó un fallo laboral y ordenó que la Administración Tributaria Mendoza (ATM) pague los salarios caídos a Víctor Hugo Dagfal, histórico referente estatal y exsecretario general del Sindicato de Trabajadores Estatales Autoconvocados (SITEA). El organismo había dispuesto su baja para iniciar los trámites jubilatorios, pero lo hizo mientras seguía vigente el período de tutela sindical.
La controversia por la baja
Dagfal culminó su mandato gremial en noviembre de 2023. Poco después, ATM lo intimó a iniciar el proceso jubilatorio y dictó la Resolución 104/2024, que dispuso su cese a partir de julio de 2024. El organismo fundamentó la medida en su edad -69 años- y su antigüedad laboral, que superaba los 40 años.
El dirigente interpuso un amparo sindical para anular la baja, pero la Cuarta Cámara del Trabajo rechazó su planteo y avaló la decisión de ATM. Ante esto, Dagfal recurrió a la Suprema Corte para pedir la nulidad del acto administrativo, exigir el pago de salarios caídos y solicitar su reinstalación.

Tutela sindical y nulidad parcial
En su análisis, el máximo tribunal determinó que la baja se dispuso mientras Dagfal aún estaba protegido por la tutela sindical, que se extiende durante el mandato y durante un año posterior a su finalización. Ese período concluía el 25 de noviembre de 2024, por lo que cualquier modificación en su relación laboral requería autorización judicial previa.
La Corte consideró que la resolución de ATM estaba “viciada” en ese punto y declaró su nulidad parcial. Al mismo tiempo, ratificó que el organismo tenía facultades para intimarlo a jubilarse, pero no para ejecutar su baja antes de que finalizara el plazo de protección sindical.
Qué resolvió la Corte
El fallo establece que:
La baja solo puede hacerse efectiva a partir del 25 de noviembre de 2024, una vez terminada la tutela sindical.
ATM deberá pagar los salarios caídos entre el 16 de julio de 2024 -fecha en que se dispuso la baja- y el 25 de noviembre de ese año.
Los intereses se liquidarán posteriormente, a través del Departamento Contable del tribunal de origen.
El ministro Mario Adaro votó en disidencia, al considerar que la resolución de ATM debía anularse por completo y que correspondía reinstalar a Dagfal hasta su efectiva jubilación. Finalmente, la postura mayoritaria se inclinó por la nulidad parcial.
Con esta decisión, la Corte sentó un nuevo precedente en materia de tutela sindical y límites para los organismos públicos a la hora de adoptar medidas sobre trabajadores con protección gremial vigente.
