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MENDOZA - El senado provincial aprobó la ley de licencias por maternidad y adopción

Fue aprobada este martes y afecta a parejas heterosexuales y del mismo sexo.

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La Cámara de Senadores de Mendoza aprobó la propuesta impulsada por Natacha Eisenchlas, de forma unánime. Esta ley, que fue tratada ayer martes, modifica el régimen de Licencias en la Administración Pública de Mendoza, adaptándose al Código Civil y Comercial de la Nación y a otras normativas como la de Matrimonio Igualitario y la Ley de Identidad de Género.

Durante el tratamiento de esta propuesta, la senadora Eisenchlas explicó que con esta ley se va a poder solucionar un tema viejo y que la idea es que incorpore a todos los tipos de familias y parejas. Ambos integrantes de la pareja deben ser responsables del cuidado de los niños recién nacidos o adoptados.

Esta nueva ley, propone que el inicio de la licencia sea 30 días antes de la fecha del parto, y 120 días de corrido ante los casos de bebés que nazcan prematuros.

Natacha Eisenchlas dijo que esta ley le da un paso a la equidad de género y es importante hablar de este tema y que es una realidad que existe en la sociedad, algo que a muchos los escandaliza.

La disposición de la norma es solamente para los y las agentes en estado de gravidez que desempeñen sus tareas en los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, entes autárquicos, descentralizados y organismos de control de la provincia.

Días de licencia

120 días corridos, debiendo iniciarse por los 30 días corridos antes de la fecha probable de parto; y 120 días corridos desde el alta hospitalaria para el nacimiento prematuro.180 días corridos, para el caso de que el/la recién nacido/a con discapacidad necesite mayor atención física y/o psicológica, según lo determine la reglamentación, debiendo iniciarse 30 días corridos antes de la fecha de parto.180 días corridos, en caso de nacimientos múltiples, debiendo iniciarse 30 días corridos antes de la fecha probable de partoDesde cuándo se computa la licencia: si el/la recién nacida/o estuvo internado, el plazo se contemplará desde el alta médica.

¿Cómo será la licencia?

Podrá tomarse en forma alternada o simultánea, la modificación contempla 15 días de licencia para la parte no gestante de la pareja, sin perjuicio de su género. Además, dispone que la disminución de jornada laboral para padre/madre a cargo de una persona con discapacidad, puede prolongarse indefinidamente mediante certificado médico acorde. Esta disminución de la jornada laboral también aplicaría para el caso de adopciones.

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