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Tribunales

SIN DEFINICIÓN: El AMPARO que cuestiona las salidas según el número de DNI en Mendoza deberá esperar

La decisión de la Justicia se conocerá la semana próxima. El amparo presentado por un grupo de abogados mendocinos pide dejar sin efecto un decreto provincial que autoriza salidas para hacer compras o cargar combustible según la terminación del DNI. La jueza que interviene deberá decidir luego de la respuesta de la Asesoria Letrada del Gobierno.

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La decisión de la Justicia se conocerá la semana próxima. El amparo presentado por un grupo de abogados mendocinos pide dejar sin efecto un decreto provincial que autoriza salidas para hacer compras o cargar combustible según la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI). La jueza que interviene deberá decidir sobre la presentación teniendo en cuenta la respuesta de la Asesoria Letrada del Gobierno de Mendoza.

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La jueza Marcela Ruiz Díaz responsable del 2° Juzgado de Gestión Asociada deberá resolver y para ello tiene cinco días hábiles.

Los nueve abogados insisten en que hay razones para que le hagan lugar al planteo ya que entienden que el decreto del gobernador Rodolfo Suarez cercena la libertad de las personas. Omar Fornetti, uno de los letrados que realizó la presentación, dijo: "La Constitución de Mendoza no preveé la posibilidad de que el señor Gobernador dicte normas de caracter legislativo y es una causal suficiente para desestimar el decreto. Creemos que hubo una mala lectura del Ejecutivo local del decreto 408/20 del Gobierno Nacional, en el artículo 3 no se dice que tienen que habilitar a la mitad de las personas, sino que es para las nuevas actividades que se vayan abriendo y no para las que ya estaban permitidas por el decreto 297, es un problema de interpretación bastante grave".

En nuestra provincia, desde hace más de una semana, las personas cuyos documentos finalizan en 1, 2, 3, 4 y 5 pueden salir a hacer compras los lunes, miércoles, viernes y para quienes finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0 los martes, jueves, sábados, de 8 a 18, en tanto que los domingos se dividen entre mañana y tarde.

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“El Decreto 297 no establece ningún tipo de limitación para la compra de alimentos o remedios, cuando el 563 lo restringe con salidas según la terminación del DNI, sin ningún tipo de normativa, ley o facultad ejecutada por la Nación”, criticó el abogado Gilberto Santamaría.

Desde el Ejecutivo, el ministro de Gobierno, Víctor Ibáñez, explicó que no es el Estado provincial el que restringe un derecho, sino “que se limita a aplicar las normas dispuestas a través del DNU, por el Gobierno nacional, que tienen la misma fuerza que una ley sancionada en el Senado y en Diputados”.

Es decir que, si el DNU indica que no puede haber más del 50% de la población en la calle, “esta es una manera de hacer cumplir esa premisa”, señaló el funcionario.

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