La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó un nuevo Procedimiento para el Registro de la Actividad de Vuelo de Pilotos y Tripulantes de Cabina de Pasajeros (TCP), que establece la digitalización integral del foliado de libros de vuelo, con el objetivo de optimizar y modernizar el registro de horas de vuelo del personal aeronáutico.
La medida fue dispuesta mediante la Resolución N.º 470/2025, en el marco del proceso de modernización administrativa y tecnológica impulsado por el Gobierno Nacional.
El foliado consiste en la certificación oficial de la actividad de vuelo declarada por pilotos y tripulantes en sus libros personales. Hasta ahora, este trámite debía realizarse de forma presencial. Con el nuevo esquema, se podrá realizar de manera completamente digital, a través del Casillero Aeronáutico Digital (CAD).
De este modo, quienes lo soliciten de manera voluntaria podrán gestionar su actividad sin necesidad de acudir físicamente a las dependencias de la ANAC. Según indicó la Secretaría de Transporte de la Nación, esto representa una mejora en términos de accesibilidad, eficiencia y reducción de cargas operativas.
El nuevo Sistema de Registro Electrónico de Horas de Vuelo fue desarrollado por los equipos técnicos de la ANAC para asegurar una gestión moderna y trazable de la información aeronáutica. Los documentos generados a través del CAD tendrán validez legal como declaración jurada, y podrán ser presentados ante cualquier autoridad competente, tanto en procesos de evaluación y habilitación, como en gestiones previsionales ante organismos como la ANSES.
La iniciativa es impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, en conjunto con la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, y busca actualizar los mecanismos de gestión de la actividad de vuelo, alineándose con los avances tecnológicos y los estándares internacionales.
Según lo previsto, la implementación será escalonada:
- A partir del 1.º de septiembre de 2025, el nuevo procedimiento será obligatorio para quienes operen en empresas bajo RAAC Parte 121 (Transporte Aéreo Regular) y RAAC Parte 135 (Transporte Aéreo No Regular).
- Desde el 1.º de noviembre de 2025, se incorporarán los operadores alcanzados por RAAC Parte 91, incluyendo operadores privados no comerciales, Empresas de Trabajo Aéreo y Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil (CIAC).
Además, se mantendrá vigente hasta el 1.º de enero de 2026 la aplicación de la Resolución ANAC N.º 147/2013, únicamente en lo que respecta al Anexo II, para permitir la anotación y certificación en papel, que luego podrá ser digitalizada y presentada a través del CAD.
Este periodo de transición busca facilitar la adaptación progresiva al nuevo sistema y permitir a los usuarios regularizar su situación conforme a los nuevos requisitos.
La digitalización del foliado se presenta como una transformación estructural del sistema, con alcance federal, que busca fortalecer la seguridad operacional, reducir costos operativos y optimizar los tiempos de gestión. Asimismo, el nuevo sistema promueve una administración más eficiente, moderna y transparente, con acceso remoto desde todo el país.


