El Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto denominado “Ley Nicolás”, que tiene como finalidad mejorar la atención de los pacientes, las condiciones de trabajo de los profesionales de la salud y reducir los eventos médicos inesperados durante la atención.
La iniciativa fue sancionada por una amplia mayoría de 69 votos contra 1, siendo la única en contra la senadora del PRO Carmen Alvarez Rivero.
El caso que motivó la creación de la ley ocurrió en 2017, cuando Nicolás Deanna falleció a los 24 años debido a un mal diagnóstico, ya que no se le detectó la enfermedad que padecía. Desde entonces, su madre, Gabriela Covelli, lucha para implementar una ley que mejore la atención de los pacientes.
El proyecto fue aprobado en junio de 2023 en la Cámara de Diputados, basado en una iniciativa del diputado radical Fabio Quetlas.
Cómo fue el debate en el Senado
Al abrir el debate, la presidenta de la comisión de Salud, Lucia Corpacci (Frente Nacional y Popular-Catamarca), aseguró que el objetivo de la ley “es trabajar sobre esas fallas, averiguar por qué se producen y modificar eso, para que no se vuelvan a repetir”.
Destacó que el proyecto busca que “se ejerza una supervisión sobre los centros de salud, definiendo hasta dónde pueden atender o qué patologías pueden tratar, para evitar futuras malas praxis”.
Asimismo, señaló que “es muy difícil hablar de esto en un momento donde se cree que el Estado no tiene que intervenir, por lo que los ministerios de Salud deben ejercer el control necesario para que situaciones dolorosas como la de Nicolás y otras frecuentes en el país no se repitan”.
Por su parte, la senadora Edith Terenzi (Despierta Chubut) agradeció al diputado Fabio Quetlas, “uno de los grandes impulsores de esta ley que le puso alma, vida y corazón”. También resaltó “el trabajo de las familias que se congregaron detrás de la Ley Nicolás para prevenir errores involuntarios y luchar por otros pacientes”.

Los detalles del proyecto
La ley contempla la creación de la historia clínica digital encriptada e interoperable; certificaciones obligatorias y periódicas para los profesionales de la salud y las instituciones médicas; desarrollo de protocolos de actuación y sistemas de auditoría y vigilancia.
También define criterios de seguridad, incidente, evento adverso evitable, evento adverso no evitable, acto temerario y evento centinela, que es un hecho potencialmente peligroso, no anticipado ni deseado, que ocurre en las instituciones de salud.
De acuerdo a la iniciativa, las instituciones proveedoras de servicios de salud, públicas o privadas, deberán “dotar a su organización de los medios que permitan establecer protocolos de actuación del personal de salud tendientes a la prevención de daños evitables”.
Además, se deberán diseñar planes de auditoría de los sistemas de trabajo, evaluar las prestaciones individuales del servicio y monitorear indicadores de seguridad del paciente, para mejorar los sistemas y las prácticas médicas.
Finalmente, se establece que la autoridad de aplicación debe implementar un Registro Unificado de Eventos Centinela (RUDEC), con el objetivo de registrar todo evento centinela y los resultados de su investigación.


