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En el Senado avanza Teletrabajo sin las modificaciones que pidió el sector privado

La oposición acompañó ayer los reclamos que realizaron entidades empresariales y el sector de la economía del conocimiento en la comisión de Trabajo de la Cámara alta. La discusión está en torno a la reversibilidad y a las relaciones laborales establecidas en el contrato de trabajo.

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Ni siquiera sirvió recordar ayer que, según un referente de Argencon, la Argentina exporta servicios por u$s6.000 millones al año con empleados que ya utilizan el teletrabajo. El oficialismo dio a entender a través del presidente de la comisión, Daniel Lovera, que la cartera laboral que comanda Claudio Moroni analizará, con la ley sancionada, temas reglamentarios para mejorar el producto final.

Semanas atrás, el ministro deslizó en Diputados que la litigiosidad muchas veces sirve para reacomodar pujas que generan las normas. El oficialismo confía en los acuerdos entre empleadores y los convenios colectivos de cada actividad, tal como marca la iniciativa.

En resumen, el dictamen establece una jornada laboral "pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con los límites legales y convencionales vigentes, tanto a lo convenido por hora como por objetivos".

Tiempos poco flexibles chocarán con seguridad con el derecho que tendrá el empleado de "desconectarse de los dispositivos" digitales "fuera de su jornada laboral y durante períodos de licencias". Un verdadero dilema para las prestaciones transnacionales.

Por otra parte, el empleador deberá "proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja".

En ningún caso, el trabajador "responderá por el desgaste normal producto del uso o el paso del tiempo", y "en caso de desperfectos, roturas o desgaste en los elementos, instrumentos y/o medios tecnológicos que impidan la prestación de tareas, el empleador deberá proveer su reemplazo o reparación a fin de posibilitar la prestación de tareas".

También habrá una compensación para los casos de "mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar", y la misma operará "conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva, y quedará exenta del Impuesto a las Ganancias".

Lupa en "reversibilidad"

Fueron infructuosos los pedidos de modificaciones al texto para que se diera un plazo razonable a la hora de aplicar este concepto, o al menos diferenciar entre empresas pequeñas, medianas y grandes según la cantidad de empleados. El dictamen deja claro que el consentimiento prestado "podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación" por el trabajador. Es decir, de un día a otro y cuando quiera.

En tal caso, "el empleador le deberá otorgar tareas en el establecimiento en el cual las hubiera prestado anteriormente, o en su defecto, en el más cercano al domicilio del dependiente, en el cual puedan ser prestadas", salvo "que por motivos fundados resulte imposible la satisfacción de tal deber". Una negativa del empleador "dará derecho a la persona a considerarse en situación de despido o accionar para el restablecimiento de las condiciones oportunamente modificadas".

Como si fuera poco, también se reflotaron las críticas hacia las áreas de la ley relacionadas con el derecho a la intimidad, la falta de incentivos a la modalidad -muy criticado en el recinto de Diputados-, las condiciones de higiene y seguridad, y las tareas compartidas del hogar.

Curiosidad

Durante el debate sobre una modalidad que implica tener aceitados los mecanismos de conexión y oportunidades de visualización, un expositor del Cippec pidió que utilizaran la mitad de la pantalla para mostrar un informe preparado para la comisión. Fue imposible: tuvo que explicarlo con sus palabras.

Fuente: AMBITO

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