La Ley de Emergencia en Discapacidad, sancionada por el Congreso pese al veto presidencial, sigue sin ser promulgada ni reglamentada por el Gobierno nacional. El presidente Javier Milei había rechazado la iniciativa argumentando su elevado costo fiscal, pero las cámaras legislativas insistieron con amplia mayoría, dejando firme la norma.
El Ejecutivo evalúa distintas estrategias para evitar o retrasar su implementación. Entre ellas, se encuentran la posibilidad de judicializar la sanción, introducir cambios en la reglamentación o demorar su puesta en marcha hasta que la cuestión llegue a los tribunales. La Procuración del Tesoro y el círculo de asesores más cercanos al Gobierno estudian cómo limitar el alcance de la ley para ajustarla al presupuesto disponible.

Uno de los principales puntos de conflicto está vinculado al sistema de pensiones no contributivas. La ley establece que todas las personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD) —alrededor de 1,9 millones de beneficiarios— deben acceder a un haber equivalente al 70% de una jubilación mínima, más un bono adicional. Este aspecto es considerado por el oficialismo como fiscalmente inviable.
Mientras tanto, la oposición exige la inmediata aplicación de la normativa, señalando que no se trata de una recomendación sino de una obligación legal. Los bloques opositores advierten que, de persistir la demora, podrían impulsar una interpelación al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, e incluso aplicar mecanismos de sanción previstos en la Constitución, como la moción de censura, que contempla la posibilidad de removerlo del cargo.
Los alcances de la Ley
La Ley de Emergencia en Discapacidad estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2027 y tiene como objetivo garantizar derechos básicos de las personas con discapacidad en todo el país. Entre sus disposiciones principales se destacan:
Financiamiento adecuado para la Agencia Nacional de Discapacidad y para el pago de pensiones no contributivas.
Actualización mensual de aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral.
Compensaciones económicas para prestadores de servicios y apoyo a talleres de producción.
Lineamientos claros para la emisión del Certificado Único de Discapacidad, con enfoque integral en lo físico, mental, intelectual, sensorial y social.
Cumplimiento del 4% de cupo laboral para personas con discapacidad en el sector público, previsto en la Ley de Empleo Protegido.
