La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) dispuso el restablecimiento inmediato de las pensiones no contributivas por invalidez laboral que habían sido suspendidas, en cumplimiento de una orden judicial emitida por el Juzgado Federal N° 2 de Catamarca.
La medida quedó oficializada este miércoles a través de la Resolución 12621/2025, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el interventor del organismo, Alejandro Alberto Vilches.
Una decisión judicial de alcance nacional
El fallo que dio origen a esta decisión fue dictado el jueves pasado en la causa “Defensor del Pueblo y otro c/ ANDIS s/ acción de amparo Ley 16.986 c/ cautelar”, presentada por el Defensor del Pueblo de Catamarca, Dalmacio Mera, en representación de un colectivo de pensionados.
El tribunal ordenó a la ANDIS restablecer en un plazo de 24 horas todas las pensiones suspendidas, abonar los haberes retenidos y abstenerse de realizar nuevas auditorías o suspensiones hasta que exista una sentencia definitiva.

Qué dispone la Resolución 12621/2025
En su Artículo 1°, la resolución establece dejar sin efecto las suspensiones y reanudar el pago de las prestaciones afectadas, en cumplimiento de la orden judicial.
El Artículo 3° instruye a la Dirección de Asignación de Apoyos Económicos y Liquidación a no iniciar ni continuar auditorías sobre las pensiones mientras la medida cautelar permanezca vigente.
Además, el texto determina que:
Las personas beneficiarias serán notificadas sobre el restablecimiento de sus pensiones.
El gasto será cubierto con las partidas presupuestarias disponibles.
La ANSES será notificada para reactivar los pagos de las prestaciones suspendidas.
Contexto institucional
La resolución se dicta en el marco de las facultades otorgadas por el Decreto 698/2017, que creó la Agencia Nacional de Discapacidad, y el Decreto 601/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo dispuso la intervención del organismo por 180 días, designando a Vilches como interventor.
