La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que el 5 de febrero de 2026 vence el plazo para que los contribuyentes realicen la recategorización del Monotributo correspondiente al primer semestre del año. El trámite ya se encuentra habilitado a través de la web y la app oficial del organismo.
La recategorización consiste en evaluar los parámetros de la actividad desarrollada durante los últimos 12 meses, para determinar si el contribuyente mantiene su categoría o debe actualizarla. Entre los factores considerados se incluyen los ingresos brutos, montos de alquiler, superficie afectada a la actividad y consumo de energía eléctrica.

No es necesario realizar el trámite para quienes mantengan los mismos parámetros del período anterior ni para los monotributistas con menos de seis meses de actividad, ya que en esos casos se conserva la categoría vigente.
El índice de actualización registró un incremento del 14,29%, lo que afecta los topes de facturación de cada categoría.
Periodicidad y modalidad de la recategorización
El régimen establece dos recategorizaciones obligatorias al año, en febrero y agosto. Si durante la evaluación se detectan cambios en los parámetros, el contribuyente debe ingresar al portal Monotributo con su clave fiscal y completar el trámite. Si no se realiza, el sistema mantiene automáticamente la categoría actual.
Para facilitar el proceso, ARCA implementó una recategorización simplificada, que muestra de forma automática la facturación anual, ayudando a controlar los datos y reducir errores.
Además, la tenencia declarada voluntariamente en el Régimen de Regularización de Activos no será considerada para exclusiones o recategorizaciones de períodos anteriores. La tabla de categorías vigente fue actualizada según la variación del IPC del segundo semestre de 2025, con un incremento del 14,29%.
