El Monotributo es el régimen simplificado que permite a pequeños y medianos contribuyentes registrar sus actividades comerciales o profesionales de forma legal, pagando un solo monto mensual que incluye impuestos y aportes previsionales, recaudado por ARCA.
¿Qué sucede si soy monotributista y no facturo?
Aunque no existe un plazo máximo para estar sin facturar, la falta prolongada de emisión de comprobantes puede generar requerimientos de ARCA para justificar esa situación. Si el monotributista normaliza su facturación y paga las deudas que tenga, podrá seguir en el régimen. Pero si no regulariza, ARCA puede tomar medidas como:
Exclusión del régimen.
Inhabilitación para emitir facturas.
Aplicación de multas.

¿Y si no tengo ingresos pero sigo inscripto?
Hay casos en que un monotributista no genera ingresos por períodos determinados. Si la falta de ingresos no se extiende, la situación puede revertirse al retomar la actividad. Pero si la falta de ingresos y facturación dura más de 10 meses consecutivos, ARCA da de baja automática al contribuyente.
Una vez dado de baja, el monotributista puede volver a inscribirse solo después de saldar todas sus deudas. Es importante tener en cuenta que las deudas generan intereses que se acumulan con el tiempo, y mientras esté suspendido, el contribuyente no aportará a su jubilación ni obra social.

Obligaciones fundamentales del monotributista
Todo monotributista debe cumplir con el pago mensual ante ARCA. En caso de atraso, la deuda genera intereses y puede pagarse mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP).
Además, debe mantener su categoría acorde a su nivel de facturación (desde la “A” más baja hasta la “K” más alta) y recategorizarse al menos una vez al año. De no hacerlo, ARCA puede recategorizarlo automáticamente si detecta que superó el límite de facturación permitido.
