La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, emitió un comunicado en el que detalla los límites permitidos para transferencias bancarias, consumos con tarjeta de débito y movimientos en billeteras virtuales. A la vez, alertó sobre una práctica que los contribuyentes deben evitar para no ser objeto de fiscalización.
¿Cuál es el movimiento que nunca debes hacer al transferir dinero?
Desde ARCA señalaron que el error más grave que puede cometerse es realizar transferencias o movimientos de dinero que excedan los montos establecidos sin poder justificar el origen de los fondos . Incluso si se trata de transferencias entre cuentas propias, el sistema financiero puede requerir documentación respaldatoria.

Cuando una operación resulta sospechosa o supera los límites sin ser declarada, los bancos están obligados a notificar a la Unidad de Información Financiera (UIF), lo que podría derivar en un Informe de Operación Sospechosa (ROS) .
Límites que no debes superar sin declarar
Los contribuyentes deben tener en cuenta los siguientes montos máximos mensuales establecidos por ARCA:
$600.000
Total de consumos con tarjeta de débito.
Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
$1.000.000
Total de acreditaciones bancarias en el mes.
Total de depósitos a plazo fijo constituidos.
Extracciones en efectivo (por cajero, ventanilla u otros medios).
Saldo final en cuentas bancarias o billeteras virtuales al último día hábil del mes.
$2.000.000
Aplicable exclusivamente a transferencias (bancarias o virtuales) realizadas desde billeteras virtuales.
Qué puede pasar si se exceden los montos
Superar los límites mencionados sin justificación puede activar mecanismos de control por parte de ARCA. En esos casos, el organismo puede solicitar al contribuyente documentación que respalde el origen de los fondos.

¿Qué documentación puede exigir ARCA?
En caso de una operación observada, el contribuyente deberá presentar alguno de los siguientes documentos:
Facturas de compra o venta.
Recibos de sueldo o haberes jubilatorios.
Comprobantes de operaciones bursátiles (acciones, empresas).
Constancia de monotributo o facturación de los últimos meses.
Certificación de ingresos emitida por contador público.
¿Cómo evitar inconvenientes?
Para evitar bloqueos, informes o sanciones, es fundamental:
No exceder los montos establecidos sin declarar.
Contar siempre con respaldo documental.
Responder a tiempo los requerimientos del banco o billetera virtual.



