Con el inicio del año, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un conjunto de resoluciones destinadas a simplificar, unificar y ordenar los trámites tributarios, con el objetivo de reducir la burocracia y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales para contribuyentes y profesionales.
Las medidas apuntan a profundizar la digitalización de los procesos, brindar mayor claridad normativa y disminuir errores administrativos, en un contexto donde las gestiones impositivas demandan cada vez más tiempo y recursos.
Las resoluciones 5803/2025 y 5809/2026 introducen una actualización integral de los procedimientos vinculados a la inscripción de contribuyentes y a la administración del domicilio fiscal. La normativa reemplaza y concentra disposiciones previas en un único marco regulatorio, lo que permite ordenar criterios y mejorar la transparencia del sistema.

Uno de los cambios más relevantes es la posibilidad de obtener la CUIT de manera 100% digital para personas humanas con DNI argentino. El trámite puede realizarse a través del sitio web de ARCA, la aplicación ARCA Móvil o el Sistema Registral, utilizando Clave Fiscal nivel 3 o superior. Para completarlo, se deben adjuntar imágenes del DNI, una foto del rostro —cuando el sistema lo requiera— y documentación que acredite el domicilio fiscal, eliminando en la mayoría de los casos la necesidad de concurrir a una oficina.
El nuevo esquema amplía su alcance a personas humanas, sucesiones indivisas, sociedades, asociaciones y otros sujetos alcanzados por la normativa vigente. Además, optimiza la situación de extranjeros residentes sin DNI, menores de edad y representaciones diplomáticas. En este marco, la Clave de Identificación (CDI) deja de utilizarse, quedando la CUIT como único identificador tributario.
En relación con la actualización de datos, se mantiene la obligación de informar cualquier cambio relevante —como denominación, autoridades, actividades, domicilios o cierre de ejercicio— dentro de los 10 días hábiles administrativos. La normativa prevé sanciones ante inconsistencias no corregidas a tiempo, que pueden derivar en la limitación o inactivación de la CUIT.
Por último, se establecen reglas más claras para solicitar la baja total o parcial de la inscripción cuando cesan definitivamente las actividades o desaparecen las causas que obligaban a estar inscripto. El procedimiento fija requisitos y plazos precisos para evitar desajustes en los registros y reducir errores administrativos.
