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ARCA dará de baja a un grupo de monotributistas: cuáles son los motivos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero comunicó que excluirá automáticamente a contribuyentes que incumplan ciertos requisitos del régimen.

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En junio de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aplicará la baja automática de un grupo específico de monotributistas que no cumplan con las condiciones establecidas en el régimen. Esta medida afecta a quienes superen ciertos límites o presenten inconsistencias en su actividad, lo que puede impactar en su continuidad laboral y cobertura social.

¿Por qué ARCA dará de baja a algunos monotributistas?

El organismo puede excluir sin aviso previo a los contribuyentes que:

Registren ingresos anuales superiores al tope correspondiente a su categoría.

Utilicen un inmueble cuya superficie o valor de alquiler exceda los límites permitidos.

Comercialicen productos con precios unitarios mayores a los establecidos.

Presenten movimientos bancarios que no coincidan con los datos declarados.

Realicen importaciones comerciales, lo cual está prohibido para monotributistas.

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Además, ARCA puede sancionar a quienes:

Declaren más de tres actividades económicas o tengan más de tres locales comerciales simultáneos.

Inscriban como venta de productos una actividad que en realidad es prestación de servicios.

Incumplan la normativa de facturación o emitan comprobantes incorrectos.

Superen los límites permitidos de gastos: 80% para bienes o 40% para servicios.

Estén incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).

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Escalas vigentes del monotributo en junio 2025

Las categorías y sus límites de ingresos anuales, junto con las cuotas mensuales, son las siguientes:

Categoría A: hasta $7.813.063,45 — cuota $32.221,31

Categoría B: hasta $11.447.046,44 — cuota $36.679

Categoría C: hasta $16.050.091,57 — cuota $42.951,25 (servicios), $41.982,19 (comercio)

Categoría D: hasta $19.926.340,10 — cuota $55.047,33 (servicios), $53.714,87 (comercio)

Categoría E: hasta $23.439.190,34 — cuota $55.047,33 (servicios), $53.714,87 (comercio)

Categoría F: hasta $29.374.695,90 — cuota $77.946,73 (servicios), $70.436,50 (comercio)

Categoría G: hasta $35.128.502,31 — cuota $98.096,95 (servicios), $84.530,08 (comercio)

Categoría H: hasta $53.298.417,30 — cuota $340.061,68 (servicios), $206.815,63 (comercio)

Categoría I: hasta $59.657.887,55 — cuota $626.993,55 (servicios), $309.020,04 (comercio)

Categoría J: hasta $68.318.880,36 — cuota $759.420,03 (servicios), $377.851,82 (comercio)

Categoría K: hasta $82.370.281,28 — cuota $1.050.323,75 (servicios), $456.773,20 (comercio)

Qué hacer si estás en riesgo de baja

Es fundamental que los monotributistas revisen su situación fiscal, las facturas emitidas y la categoría en la que están inscriptos para evitar sorpresas. Cumplir con los requisitos y mantener actualizados los datos ante ARCA puede evitar la baja automática y posibles sanciones.

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