La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, actualizó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y billeteras virtuales deben reportar operaciones de sus clientes. Con vigencia desde 2025, la normativa responde a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y establece nuevas obligaciones para quienes realicen transferencias superiores a $600.000 o mantengan saldos mensuales iguales o mayores a $1.000.000 en cuentas bancarias. En billeteras virtuales, el umbral sube a $2.000.000.

Si no se puede acreditar el origen del dinero, los usuarios podrían enfrentar multas, bloqueos preventivos de cuentas o ser reportados ante la Unidad de Información Financiera (UIF). Entre los documentos requeridos para justificar los fondos figuran facturas, contratos, recibos de sueldo o certificaciones contables, que podrán ser solicitados durante una revisión. La medida apunta a reforzar los controles ante el creciente movimiento de dinero digitalizado.

Según los nuevos parámetros, deberán reportarse consumos con tarjeta de débito, ingresos o egresos superiores a $600.000, acreditaciones y saldos de cuentas que superen $1.000.000, y transferencias en billeteras virtuales mayores a $2.000.000. Además, las plataformas deberán identificar a los titulares, detallar las operaciones realizadas y convertir los montos a pesos en caso de transacciones en moneda extranjera o criptomonedas.
El objetivo de ARCA es intensificar el monitoreo de actividades financieras para prevenir maniobras ilícitas y asegurar la trazabilidad de fondos en un contexto de mayor digitalización. La falta de respuesta a los requerimientos del organismo o la imposibilidad de demostrar el origen de los fondos podría activar sanciones graves, afectando incluso las cuentas utilizadas para operaciones entre cuentas propias.

