La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos a partir de los cuales podrá requerir información sobre movimientos bancarios y billeteras virtuales. Desde noviembre, quienes registren más de $50 millones mensuales en cuentas personales o $30 millones en cuentas empresariales podrán ser inspeccionados.
La medida se enmarca en el refuerzo de los controles financieros sobre grandes movimientos de dinero, y alcanza tanto a bancos tradicionales como a plataformas virtuales (Mercado Pago, Ualá, etc.).

Qué operaciones vigilará ARCA
Las entidades deberán reportar:
Tipo y número de cuenta o CVU.
Datos de los titulares.
Monto total de ingresos y egresos del mes.
Saldo final al último día hábil.
El reporte será obligatorio cuando los movimientos superen los $50 millones para personas humanas o los $30 millones para personas jurídicas.
En el caso de cuentas en dólares, los valores se convertirán al tipo de cambio comprador del Banco Nación; y en criptomonedas, según la cotización establecida por ARCA.
Qué documentación puede pedir el organismo
Si un contribuyente excede los topes establecidos, ARCA podrá solicitar comprobantes que justifiquen el origen de los fondos, como:
Recibos de sueldo o haberes jubilatorios.
Declaraciones juradas impositivas.
Facturas por ventas o servicios.
Constancias de transferencias previas.
En caso de no poder acreditar el origen del dinero, el organismo puede aplicar multas o bloqueos temporales de cuentas y tarjetas.
Recomendaciones para evitar problemas
Los especialistas aconsejan:
Guardar comprobantes de transferencias.
Registrar las operaciones contables.
Consultar con un contador antes de mover grandes sumas.
Conservar referencias de conversión en operaciones con dólares o criptomonedas.
Con esta resolución, ARCA busca fortalecer la trazabilidad del dinero y prevenir maniobras de evasión en el sistema financiero.
