La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció la prórroga de los plazos para la presentación y pago de las declaraciones juradas de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, correspondientes al período fiscal 2024.
La decisión, oficializada mediante la Resolución General 5702/2025, fue publicada este jueves en el Boletín Oficial con la firma del titular del organismo, Juan Pazo. Aplica a personas humanas y sucesiones indivisas, alcanzadas por las Resoluciones Generales N.º 5.692 y 2.151, junto a sus modificatorias.
Según el nuevo cronograma:
La presentación de las declaraciones juradas podrá realizarse hasta el 23 de junio de 2025.
El pago del saldo correspondiente podrá efectuarse hasta el 24 de junio de 2025.

Esta prórroga reemplaza, de forma excepcional, al calendario vigente desde 2018 bajo la Resolución General 4172, que definía los vencimientos según la terminación del número de CUIT del contribuyente.
La medida responde a un pedido de entidades profesionales en ciencias económicas, que solicitaron "un plazo adicional para la correcta y completa confección" de las declaraciones juradas, especialmente por la coincidencia con el inicio del nuevo régimen de IVA Simple precargado.
En los considerandos, ARCA argumentó que "razones de administración tributaria tornan aconsejable hacer lugar a las solicitudes" para facilitar el cumplimiento fiscal, en un contexto de reorganización normativa y digitalización de procesos.
La resolución entra en vigencia el 30 de mayo de 2025, y desde ese momento el nuevo cronograma será el único válido para cumplir con estas obligaciones tributarias.
