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ARCA restringirá cuentas bancarias y medios de pago a contribuyentes en situación irregular

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero bloqueará transferencias, tarjetas y pagos electrónicos a quienes figuren en la lista de “Contribuyentes No Confiables” durante febrero.

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que reemplazó a la AFIP, anunció que a partir de febrero de 2026 comenzará a suspender el acceso a cuentas bancarias, tarjetas de crédito y débito, y otros medios de pago a contribuyentes y comercios en situación fiscal irregular.

La medida afectará a quienes figuren en la denominada “Base de Contribuyentes No Confiables”, elaborada a partir de información cruzada con el Banco Central para identificar operaciones sospechosas o inconsistencias en la documentación tributaria.

Según la Comunicación 8144/2024, las personas y empresas incluidas en esta lista no podrán realizar operaciones fundamentales en el sistema financiero, como transferencias bancarias, pagos con códigos QR ni transacciones con tarjetas vinculadas a sus cuentas.

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Quiénes pueden verse afectados

Tanto personas físicas como jurídicas podrán quedar en esta lista si presentan irregularidades como declaraciones tributarias incompletas, movimientos de dinero sin justificación clara o falta de documentación que respalde la actividad declarada.

Los bancos y plataformas de pago digital también podrán bloquear transacciones relacionadas con los CUIT marcados como no confiables, incluyendo cobros con tarjetas, transferencias inmediatas y pagos a través de billeteras virtuales como Mercado Pago o MODO.

Cómo revisar y regularizar la situación

ARCA habilitó en su sitio web una herramienta para verificar el estado del CUIT en tiempo real, dentro de la sección “Estado administrativo del CUIT”. Allí se puede conocer si existen restricciones y qué tipo de bloqueos se aplican.

Si una persona o comercio detecta que figura en la lista de “no confiables”, puede regularizar su situación mediante el trámite de “Reactivación presencial”, presentando la documentación faltante o corregida para su evaluación por el organismo.

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