La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó que el límite de ingresos para poder acceder a la Asignación Universal por Hijo (AUH) continúa siendo el salario mínimo, vital y móvil (SMVM). De esta manera, el tope se estableció en $317.800 para julio de 2025 y ascenderá a $322.000 en agosto, de acuerdo al último aumento fijado para ese mes.
El organismo detalló que este parámetro se utiliza para evaluar si una familia puede percibir la asignación. De superarse ese monto, el titular quedará excluido del beneficio.
¿Cómo verifica ANSES los ingresos?
ANSES realiza cruces de datos con otros organismos oficiales para identificar si los ingresos del grupo familiar superan el umbral establecido. Esto forma parte de un control habitual orientado a garantizar que la AUH llegue a los hogares con mayores necesidades económicas.
El criterio se basa en el Decreto 1602/2009, normativa que creó la Asignación Universal por Hijo, y que establece que el grupo familiar del menor no debe superar el ingreso equivalente al salario mínimo vigente para acceder al programa.
Cabe destacar que al calcular el ingreso familiar se toman en cuenta los ingresos de ambos progenitores, pero no se incluye el monto de la AUH ni los adicionales alimentarios otorgados por el Ministerio de Capital Humano.

Excepción: trabajadores de casas particulares
La ANSES aclaró que el tope del salario mínimo no se aplica a los empleados del servicio doméstico, ya que el régimen salarial del sector contempla sueldos por encima del SMVM. Esto significa que quienes trabajen bajo el régimen de casas particulares podrán seguir cobrando la AUH aunque sus ingresos superen los $322.000.
Diferencias con el tope de ingresos del SUAF
A diferencia de la AUH, el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) contempla un límite de ingresos considerablemente más alto.
Según lo establecido por la Resolución 279/2025, a partir de agosto el tope para el cobro de asignaciones del SUAF será de $2.315.267 por cada progenitor y de $4.630.534 por grupo familiar.
Desde ANSES recuerdan no confundir los criterios de ambos programas, ya que cada uno responde a normativas distintas. El error podría derivar en la suspensión del cobro o en la baja del beneficio.
