El Ministerio de Capital Humano informó qué estudiantes beneficiarios de las Becas Progresar 2025, en la modalidad Obligatorio, no cobrarán el 20% retenido durante el ciclo lectivo. La aclaración alcanza a quienes no cumplieron con determinados requisitos establecidos por la normativa vigente.
El programa Progresar, que se paga a través de la ANSES, tiene como finalidad acompañar a jóvenes para que finalicen la educación obligatoria, continúen estudios superiores o accedan a instancias de formación profesional, promoviendo la permanencia y el egreso del sistema educativo.
Los requisitos que determinan la pérdida del 20% retenido
Desde la cartera nacional se recordó que el cobro del monto retenido no es automático. Existen condiciones específicas que deben cumplirse para acceder a ese pago adicional al finalizar el ciclo lectivo.
No percibirán el 20% retenido los estudiantes que no hayan participado, al menos, en una actividad formativa de extensión durante el ciclo lectivo 2025.
Tampoco accederán al cobro quienes adeuden materias al cierre del año escolar, situación que se verifica en la tercera certificación.
Otro requisito clave es la presentación del certificado académico en la plataforma oficial del programa. El documento debía subirse hasta el 30 de noviembre de 2025 y ser validado por la institución educativa antes del 30 de diciembre del mismo año. En los casos en los que el certificado no fue cargado o no fue certificado por la escuela, el monto retenido no se liquida.
Estas condiciones están contempladas en la Resolución 388/2025. Según lo establecido en el artículo 22 de esa normativa, el cumplimiento de los requisitos académicos y administrativos es indispensable para el cobro de los fondos retenidos por ANSES.
Qué cuotas se pagan en enero en Progresar Obligatorio
En cuanto al calendario de pagos, los beneficiarios de las Becas Progresar Obligatorio que se inscribieron en marzo de 2025 cobran en enero la cuota número 10, de un total de 12. En tanto, quienes obtuvieron el alta en agosto perciben la cuota 5, correspondiente a un esquema de seis pagos.
En ambos casos, el monto de cada cuota es de 35.000 pesos y no se aplica la retención del 20%, ya que se trata de cuotas estímulo vinculadas a la participación en actividades formativas de extensión.
Sin embargo, quienes no hayan presentado el certificado o lo hayan subido sin validación por parte de la institución educativa tampoco acceden a estas cuotas estímulo, según precisaron desde el Ministerio de Capital Humano.

