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Cómo pedir la devolución del 30% por dólar tarjeta, turismo y Netflix en 2025

La ARCA habilitó el trámite para no inscriptos en Ganancias y Bienes Personales que quieran recuperar percepciones aplicadas el año pasado.

Netflix en San Valentín

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ya habilitó el trámite para que las personas que no están inscriptas en el Impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales puedan solicitar la devolución del 30% de percepciones por consumos en moneda extranjera durante 2025.

Estas percepciones, aplicadas según la Resolución General N° 4815/2020, incluyen operaciones como:

Compras con dólar tarjeta

Gastos de streaming (Netflix, Spotify, etc.)

Turismo y pasajes internacionales

Excepciones: No se aplican percepciones en:

Medicamentos y libros

Plataformas educativas

Transporte terrestre a países limítrofes

Gastos de investigación del Estado o universidades

Materiales y equipamiento para protección civil o lucha contra incendios

Arca
Arca

Paso a paso: cómo pedir la devolución

Ingresar a la web de ARCA con tu CUIT y clave fiscal. Asegurate de tener el domicilio electrónico declarado.

Ir a “Mis Servicios” y seleccionar “Devolución de percepciones”. Si no aparece, primero agregá el servicio.

Acceder al formulario F.1746 - Solicitud de devolución RG 4815 y presionar “Nuevo” para generar la solicitud.

Indicar el período correspondiente en formato AAAAMM (por ejemplo, enero de 2025: 202501).

Confirmar el monto en pesos de la percepción y presionar “grabar y presentar”.

Confirmar la solicitud cuando ARCA lo indique, presionando “sí”.

Guardar el comprobante de la solicitud.

Consultar el estado del trámite en la opción “Buscar”. Una vez aprobado, ARCA depositará el dinero en el CBU indicado.

El mes de diciembre de 2025 aún no está habilitado y se podrá solicitar en los próximos días.

Quiénes pueden solicitar la devolución

Pueden acceder al trámite quienes:

No están inscriptos en Ganancias ni Bienes Personales.

Están inscriptos solo en Ganancias (cód. 219) o solo en Bienes Personales (cód. 217).

Trabajan en relación de dependencia y no sufren retenciones de Ganancias, o sí, pero las percepciones fueron bajo el código 219.

Este trámite suele iniciarse a comienzos de año, ya que los tiempos de acreditación pueden variar: algunos contribuyentes recibieron el dinero en un mes, mientras que otros aún esperan desde 2024. Ante dudas, se puede reclamar online o solicitar turno en oficina.

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