MENU
ZAFIRO 89.5 EN VIVO Radio Zafiro

MENDOZA 15°C

DOLAR BLUE $1415/$1435

MENU

15°C

89.5
REVÉS JUDICIAL

Contundente fallo: la Justicia obligó al Gobierno a aplicar la emergencia en Discapacidad

Un fallo federal declaró inválida la suspensión dispuesta por decreto, ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793 en todo el país y marcó límites constitucionales al Poder Ejecutivo frente a los derechos sociales.

emergencia discapacidad

El juez federal de Campana Adrián González Charvay declaró este viernes inválido el artículo del decreto presidencial que había suspendido la vigencia de la emergencia en Discapacidad y ordenó que sea ejecutada de inmediato en todo el país.

La ley había sido aprobada por el Congreso en julio del año pasado y declaraba la emergencia en materia de discapacidad hasta fines de 2027, pero aunque el Poder Ejecutivo promulgó la norma, estableció un freno a su aplicación al considerar que el Congreso no había definido las fuentes de financiamiento.

De este modo, el Decreto Ejecutivo 681/2025 dejó la norma en suspenso, lo que generó un fuerte reclamo de familias, organizaciones y prestadores del sector. El amparo judicial que motivó el fallo fue presentado por dos familias en representación de sus hijos, ambos con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

dIscapacidad
 

Las razones del fallo

El recurso sumó el respaldo de asociaciones civiles y entidades vinculadas a la discapacidad en todo el país y tuvo como principal argumento que la suspensión dejaba en estado de indefensión a miles de personas que dependen de tratamientos, servicios y apoyos, ya afectados por la crisis económica y el desfinanciamiento.

Desde el Gobierno nacional, el Ministerio de Salud defendió la suspensión al invocar razones fiscales y advirtió que aplicar la ley sin fondos específicos podría poner en riesgo otras áreas del Estado. También sostuvo que la reasignación presupuestaria era una responsabilidad del Congreso y no del Ejecutivo.

Estos argumentos fueron rechazados por el magistrado González Charvay, quien señaló que, tras la negativa del veto presidencial, la Constitución Nacional obliga al Poder Ejecutivo a promulgar y ejecutar la ley sin condiciones. En ese sentido, afirmó que el decreto que dejó la norma en suspenso violó el mandato constitucional y subordinó una ley del Congreso a reglamentos de menor jerarquía, lo que constituye una intromisión en las competencias legislativas, según indicaron fuentes judiciales.

El juez federal también cuestionó los argumentos fiscales del Gobierno y recordó que el Congreso había habilitado al jefe de Gabinete a realizar las reasignaciones necesarias, y que desde diciembre de 2023 se concretaron más de diecinueve modificaciones presupuestarias para otros fines.

La sentencia destacó la especial vulnerabilidad de las personas con discapacidad, especialmente niños y adultos mayores, y subrayó la obligación del Estado de adoptar medidas de protección reforzada, al invocar jurisprudencia de la Corte Suprema y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que exigen evitar cualquier retroceso en derechos sociales.

Finalmente, el juez González Charvay ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, declaró inválida la suspensión dispuesta por el Decreto 681/2025, impuso costas al Estado y dispuso publicar la decisión en el Registro Público de Procesos Colectivos. El fallo reafirma los límites constitucionales al Poder Ejecutivo cuando están en juego derechos sociales fundamentales.

Suscribite al newsletter

Todas las noticias de Mendoza y del mundo en tu correo