DESREGULACIÓN

Desde julio se podrá importar cosméticos y productos higiénicos sin autorización previa de la ANMAT

La medida elimina la necesidad de aprobación previa para importar artículos como perfumes, cremas, copas menstruales y pañales descartables. Los importadores deberán notificar el ingreso mediante una declaración jurada dentro de las 48 horas.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dejará de exigir la autorización previa para importar una serie de productos de uso comercial, entre los que se incluyen cosméticos, artículos de higiene personal, pañales descartables, copas menstruales, repelentes y enjuagues bucales.

La decisión fue oficializada a través de la disposición 4033/2025, publicada en el Boletín Oficial, y entrará en vigencia dentro de 30 días, es decir, a partir de julio. Según lo establecido, los establecimientos importadores deberán notificar la nacionalización de los productos dentro de las 48 horas posteriores al ingreso al país, mediante una declaración jurada.

La ANMAT se enfocará en el control posterior a la venta

Desde el organismo aclararon que esta modificación no implica una eliminación del control sanitario, sino un cambio en el momento en que se realiza. "La idea es que la ANMAT se enfoque en la vigilancia post-comercialización, para verificar que lo que se vende cumpla con los estándares de calidad y seguridad", señalaron fuentes oficiales.

Los productos que ingresen al país deberán estar previamente aprobados por la ANMAT, pero ya no requerirán un permiso aduanero anticipado para fines comerciales. De esta manera, se busca agilizar los tiempos de importación y reducir trabas burocráticas.