El divorcio es un proceso que, aunque emocionalmente complejo, hoy en Argentina se encuentra simplificado gracias al Código Civil y Comercial de la Nación. Desde 2015, ya no es necesario invocar una causa o atribuir culpas: cualquier persona puede solicitarlo de manera unilateral o bilateral, lo que agiliza el trámite y evita disputas innecesarias sobre los motivos de la separación.
Cómo iniciar el trámite
El primer paso es contar con la asistencia de un abogado o abogada especialista en derecho de familia. Cada cónyuge puede contratar su propio representante o designar uno en común si se trata de un divorcio de mutuo acuerdo.
La presentación judicial debe incluir obligatoriamente una Propuesta Reguladora de los Efectos del Divorcio, documento que establece cómo se resolverán los principales aspectos de la separación.

Contenido mínimo de la Propuesta Reguladora:
Hogar familiar: quién continúa residiendo en la vivienda conyugal.
Distribución de bienes: reparto de los bienes gananciales adquiridos durante el matrimonio.
Compensación económica: pago único o en cuotas, en caso de que uno de los cónyuges resulte en situación patrimonial desfavorable.
Alimentos entre cónyuges: si corresponde, se fijan los aportes de subsistencia.
Cuidado personal de los hijos: puede ser compartido o unilateral.
Régimen de comunicación y alimentos para los hijos: organización del vínculo con el progenitor no conviviente y la cuota alimentaria.
Mutuo acuerdo o unilateral
Con la documentación presentada, el proceso puede desarrollarse de dos maneras:
Divorcio de mutuo acuerdo: ambos cónyuges ratifican la propuesta y la voluntad de separarse. El trámite es rápido y directo.
Divorcio unilateral: uno de los cónyuges presenta la demanda en forma individual. El otro puede responder con su propia propuesta y, si no hay acuerdo, el juez dicta la sentencia y resuelve los puntos pendientes en una etapa posterior.
Sentencia y Registro Civil
La sentencia de divorcio se dicta una vez que el juez verifica que la propuesta cumple los requisitos legales. Dado que el divorcio es un derecho, la disolución del matrimonio no puede ser denegada. Finalmente, el juez ordena al Registro Civil la inscripción de la sentencia en la partida matrimonial original.
