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NORMATIVA

El Gobierno reglamentó el Régimen de Inocencia Fiscal y definió cómo funcionará el nuevo esquema tributario

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero reglamentó el Régimen de Inocencia Fiscal y el sistema de declaración simplificada del Impuesto a las Ganancias. La medida establece nuevos parámetros de ingresos y patrimonio, cambios en los plazos de prescripción y definiciones sobre bancarización y controles.

Arca

El Gobierno nacional reglamentó el Régimen de Inocencia Fiscal mediante un decreto y normativa complementaria publicada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que entrará en vigencia desde este miércoles tras su publicación en el Boletín Oficial. La disposición forma parte de la Ley N.º 27.799 e incorpora cambios en la relación entre los contribuyentes y la administración tributaria.

Según la información oficial difundida por el organismo, la reglamentación pone en funcionamiento el Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias y establece nuevas pautas para la adhesión y el cumplimiento fiscal. El esquema redefine parámetros de evasión, modifica plazos de prescripción y fija condiciones para la regularización de obligaciones tributarias.

Cambios en el sistema tributario

Entre las modificaciones introducidas, se elevan los montos que determinan la evasión simple y agravada, que pasan a ser de 100 millones de pesos y 1.000 millones de pesos respectivamente. Además, el plazo de prescripción del delito se reduce de cinco a tres años.

La normativa también establece que quienes se inscriban en el régimen simplificado dentro de los próximos meses no podrán ser investigados a partir de 2029, siempre que cumplan con las condiciones previstas. Asimismo, se contempla que ante incumplimientos notificados el contribuyente pueda regularizar su situación mediante el pago correspondiente sin iniciar un proceso penal.

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Requisitos para la adhesión al régimen simplificado

El acceso al nuevo sistema prevé límites de ingresos y patrimonio. Podrán adherir contribuyentes con ingresos totales de hasta 1.000 millones de pesos anuales y un patrimonio máximo de 10.000 millones de pesos, siempre que no estén categorizados como Grandes Contribuyentes Nacionales.

Para la verificación de los requisitos se analizará el período fiscal de adhesión y los dos anteriores, sin acumulación de montos entre años. ARCA pondrá a disposición una declaración jurada simplificada precargada que podrá ser revisada y presentada por los contribuyentes. La presentación y el pago en término otorgarán efectos liberatorios respecto del Impuesto a las Ganancias del período fiscal base.

El régimen establece que las operaciones serán consideradas correctamente canalizadas cuando los fondos ingresen al sistema financiero en el origen o en el destino. También se ratifica que las compraventas de inmuebles pueden realizarse en efectivo conforme a la normativa vigente.

La adhesión al sistema generará una constancia digital que será considerada antecedente favorable ante entidades financieras en el marco de la prevención de lavado de activos. Además, la reglamentación aclara que el organismo no analizará incrementos patrimoniales, incluidos depósitos bancarios, para verificar el régimen.

La normativa incorpora además una presunción de exactitud sobre las declaraciones juradas presentadas bajo el sistema simplificado. En este esquema, la información declarada se considerará correcta salvo en supuestos excepcionales definidos por la reglamentación, consolidando un nuevo período fiscal base cada vez que el contribuyente ratifique su permanencia y cumpla con la presentación y pago en término del impuesto correspondiente.

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