MENU
ZAFIRO 89.5 EN VIVO Radio Zafiro

MENDOZA 15°C

DOLAR BLUE $1415/$1435

MENU

15°C

89.5
FALLO JUDICIAL

El presidente de la Corte explicó cómo les quitarán los celulares a los presos en Mendoza

Dalmiro Garay señaló que se volverá a un "régimen prepandemia", en el que el servicio penitenciario debe garantizar la comunicación de los presos "de manera regulada" y las visitas semanales de familiares. También habló sobre los inhibidores de señal y cómo funcionarían en caso de detectar celulares ilegales.

dalmiro garay suprema corte de justicia

La Suprema Corte de Justicia emitió el último lunes un fallo que prohibió el acceso de los presos a celulares en las penitenciarías de Mendoza, para detener las actividades delictivas que se inician desde dentro de los penales.

De esta forma, también se determinó que los celulares deberán ser retirados en un plazo de seis meses, garantizando la normalización de las visitas. El presidente de la Corte, Dalmiro Garay, se refirió al fallo: "Lo que hicimos fue volver al régimen prepandemia, ratificando la vigencia de la ley que prohíbe la tenencia particular de celulares en los penales por parte de los internos. La visita física que tenían los internos había sido reducida a la mitad en cuanto al tiempo, lo que hemos dispuesto es que tiene que ser semanalmente, como era antes de la pandemia. Obviamente no puede haber teléfonos, que se garantice la comunicación pero lo haga el servicio penitenciario de manera regulada", explicó Garay.

En diálogo radial con Radio Jornada 91.9, 100.1 de San Martín y FM del Condado 96.9 de Luján, Garay indicó que en su momento la norma de prohibición se “flexibilizó”, pero que luego de la pandemia se continuó de la misma forma. "Lo que se ha dejado son los celulares para las madres que están privadas de su libertad para el contacto con sus hijos. Eso está vigente y no fue impugnado".

Cómo será el retiro de celulares

Garay, además, sostuvo que la quita de los dispositivos depende del Servicio Penitenciario: "Lo que no puede pasar es que se produzca el retiro de los celulares sin el restablecimiento de la visita semanal. Esa condición está, el Servicio deberá adecuar su funcionamiento para poder garantizar al interno que todas las semanas pueda ver a su familia físicamente y en ese caso va a poder hacerlo por unidad penitenciaria, si lo va logrando, o todo el Servicio en general. Tiene ese plazo de 6 meses para adecuarlo a la decisión".

El último informe indicó que hay 3500 celulares aproximadamente sobre una población de cerca de 6000 internos y que hay denuncias de crímenes cometidos desde la cárcel con los celulares. Sin embargo, Garay recalcó que las “visitas son muy importantes” y que se deben "garantizar en ciertos casos la comunicación. Me parece que es un punto central, lograr que el justo equilibrio de los derechos encuentre una solución razonable, que es lo que nos parece que se logra con el fallo que hemos sacado".

Sobre los inhibidores de señal, indicó que no pueden seleccionar el área que inhiben: "Está pensado para otra cosa. Nosotros hemos decidido que legalmente no puede haber celulares en las cárceles. ¿Va a haber celulares ilegales en las cárceles? Quizás sí, y el inhibidor está pensado para eso. Cuando hay un celular que está prohibido, inhibir la señal de aquellos que utilicen celulares aún violando la prohibición. Ahí el Servicio deberá ver qué mecanismos utiliza. Un inhibidor quizás en Almafuerte 1 y 2 quizás funcione, pero va a inhibir la señal de los penitenciarios. Es una solución que no veo por ahora que cuaje con la tecnología que existe".

Por último, el magistrado de la Corte afirmó que es posible que se hayan demorado en abordar el tema de los celulares, pero que este no es solo un tema del Poder Judicial: "El Servicio Penitenciario podía avanzar en el restablecimiento de las condiciones anteriores. De hecho, la visita familiar era semanal, terminó la pandemia y la restableció solo de manera quincenal. Fueron todos motivos para mantener un status quo que no solamente confrontaba con la norma vigente, sino que confrontaba con la situación de hecho que había generado la posibilidad de flexibilizar la norma. Lo que se hace ahora es volver a cauces más normales, donde si tenés una ley que no es inconstitucional, o no ha sido declarada inconstitucional por ningún juez, es vigente y es la que regula con muchas otras cómo va a estar la persona privada de la libertad, si no hay ninguna situación excepcional que amerite una flexibilización, no hay otra manera que cumplir la norma", concluyó. 

Suscribite al newsletter

Todas las noticias de Mendoza y del mundo en tu correo